martes, 22 de diciembre de 2009

subvenciones destinadas a la financiación de equipamientos, señalización y mobiliario urbano en pequeños municipios y entidades locales menores C.V.

Conselleria de Solidaritat i Ciutadania. ORDE de 17 de desembre 2009, del conseller de Solidaritat i Ciutadania, per la qual es convoquen per a l’any 2010 subvencions destinades al finançament d’equipaments, senyalització i mobiliari urbà en xicotets municipis i entitats locals menors de la Comunitat Valenciana i s’aproven les bases reguladores de la convocatòria. [2009/14675] ORDEN de 17 de diciembre 2009, del conseller de Solidaridad y Ciudadania, por la que se convocan para el año 2010 subvenciones destinadas a la financiación de equipamientos, señalización y mobiliariourbano en pequeños municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana y se aprueban las bases reguladoras de la convocatoria. [2009/14675]
Primero. Convocatoria .-Convocar, para el ejercicio 2010, subvenciones para la financiación de equipamientos, señalización y mobiliario urbano de pequeños municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con una población que no exceda de 1500 habitantes.

ANEXO I
Bases de la convocatoria de subvenciones destinadas a la financiación de equipamientos, señalizacion y mobiliario urbano de municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana con una población que no exceda de 1500, para el ejercicio 2010.
Primera. Objetivos.- La presente convocatoria tiene como objetivos coadyuvar al desarrollo integral de los municipios y entidades locales menores de la Comunitat Valenciana, a través de la financiación de sus inversiones de capital.
Segunda. Beneficiarios .- Podrán ser beneficiarios del presente programa de subvenciones todos los Municipios y Entidades Locales Menores de la Comunitat Valenciana que no excedan de 1.500 habitantes, de acuerdo con las cifras oficiales resultantes de la última revisión del padrón municipal, declaradas oficiales por el Real Decreto regulador de la materia.
Tercera. Actuaciones subvencionables .- Serán subvencionables a través del programa de subvenciones que la presente orden regula, los equipamientos, instalaciones y, en general, las inversiones realizadas por los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores en sus casas consistoriales y otras dependencias municipales. Asimismo se incluirán las inversiones realizadas por los Ayuntamientos y Entidades Locales Menores destinadas a la rotulación, señalización yadquisición de mobiliario urbano.
Las actuaciones que se subvencionan mediante la presente convocatoria de subvenciones deben de tener el carácter inventariables, es decir, no tendrán la consideración de gasto corriente.
Cuarta. Formalización de solicitudes y plazo de presentación. - 1. El plazo para la presentación de solicitudes será hasta el 25 de enero de 2010. El incumplimiento de este plazo determinará la inadmisión de la solicitud.
2. La solicitud de subvenciones, acompañada de la documentación requerida se formulará en el modelo oficial que figura como Anexo II de esta orden e irá dirigida a la
Dirección General de Cohesión Territorial, plaza de San Nicolás, nº 2, 46001 Valencia.
Cuantía de las subvenciones.- La cuantía de las ayudas podrá alcanzar hasta el 100% del coste elegible.

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