miércoles, 23 de diciembre de 2009

ayudas [DEPENDENCIA]a las EE.LL. (C.V.) para la financiación de los gastos de personal derivados del funcionamiento de los servicios de atención a ...

Federació Valenciana de Municipis i Províncies. Convocatòria d'ajudes a les entitats locals valencianes per a la finançament dels gastos de personal derivats del funcionament dels servicis d'atenció a les persones en situació de dependència en l'exercici 2010. [2009/14450] (pdf 705KB) pàgina 46.395
Convocatoria de ayudas a las entidades locales valencianas para la financiación de los gastos de personal derivados del funcionamiento de los servicios de atención a las personas en situación de dependencia en el ejercicio 2010. [2009/14450]
Bases de la convocatoria
1. Objeto.-
La presente convocatoria tiene por objeto:
Financiación, de acuerdo con lo establecido a continuación, de los costes salariales correspondientes al periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2010, del personal adscrito a los servicios municipales de atención a la dependencia cuya titularidad recaiga en las entidades locales radicadas en el territorio de la Comunitat Valenciana, y que cumplan los requisitos establecidos en la base segunda de la presente Convocatoria.
El número de trabajadores a adscribir a cada servicio municipal de atención a la dependencia queda establecido en el anexo II, de acuerdo con los siguientes criterios:
2. Beneficiarios y criterios.- Para la selección y distribución de las ayudas entre las entidades locales de la Comunidad Valenciana beneficiarias, se tendrán en cuenta los siguientes criterios:
1. Que se trate de una entidad local de las relacionadas en el anexo I de la presente convocatoria.
2. Que la entidad local acredite, mediante certificado expedido por órgano competente, la existencia de un servicio de atención a personas en situación de dependencia, con la adscripción al mismo de los medios materiales necesarios para su correcto funcionamiento (locales, mobiliario, equipo informático, conexión ADSL, y personal de apoyo).
3. Que la entidad local donde se ubica el servicio de atención a la dependencia atienda a la población situada bajo su cobertura poblacional, de acuerdo con lo establecido en el anexo II de la presente convocatoria.
4. Asimismo, la entidad local deberá acreditar, de acuerdo con la asignación de personal técnico resultante, establecida en el anexo II de la presente resolución, la contratación de personal con dedicación exclusiva a las actuaciones referidas en materia de atención a la dependencia.
Las personas que se incorporen al sistema con posterioridad al 31 de diciembre de 2008 deberán estar en posesión de la
titulación de Diplomado en Trabajo Social.
5.
La entidad local deberá de designar a una persona responsable con el objeto de ejercer funciones de interlocución y coordinación con los correspondientes órganos de la Conselleria de Bienestar Social con funciones específicas relacionadas con la promoción de la autonomía personal y la atención a las personas en situación de dependencia, independientemente de su adscripción o no a la correspondiente unidad local de atención a la dependencia.
La distribución de la ayuda a las entidades locales se realizará en función del número de trabajadores destinados al referido servicio de acuerdo con la cuantía máxima asignada por trabajador/año, que ascenderá en 2010 a la suma de 30.942,55 €, y con el número máximo establecido en el anexo II de la presente convocatoria.
3. Presentación de la solicitud de ayudas.- La solicitud de la ayuda por parte de la entidad local se dirigirá al Registro General de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias, en la calle de Guillem de Castro, 46-1º (46001 Valencia), debiendo ajustarse al modelo de solicitud (anexo III) y adjuntando el certificado de cumplimiento de requisitos (anexo IV).
4. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles contados

a partir del día siguiente a la publicación de la presente convocatoria
en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[DEL 24 DE dICIEMBRE DE 2009 AL 19 DE ENERO DE 2010, A.I.]
ANEXO I
Relación de entidades locales susceptibles de solicitar ayudas para constituir o mantener Servicios de Atención a la Dependencia.

CASTELLON ALICANTE VALENCIA (*personal máximo autorizado)
ALMASSORA ALBATERA 0,5
ALAQUAS
ALMENARA ALCOY 2 ALBAIDA
BENICARLÓ ALICANTE 10 ALBAL
BENICASSIM ALMORADÍ 1,5 ALBERIC
BURRIANA ALTEA 1 ALBORAYA
CASTELLÓN ASPE 1 ALCUDIA
LA VALL D’UXO BENIDORM 2 ALDAIA

L’ALCORA BENISSA 0,5 ALFAFAR
MANCOMUNIDAD ALTO PALANCIA CALLOSA DE SEGURA 1,5 ALGEMESÍ
MORELLA CALP 1 ALGINET
NULES COCENTAINA 1 ALZIRA
ONDA CREVILLENT 1 AYORA

SANT MATEU DÉNIA 1,5 BENAGUACIL
SEGORBE EL CAMPELLO 1,5 BENETÚSSER
VILA-REAL ELCHE 7 BENIFAIÓ
VINARÓS ELDA 2 BÉTERA
GUARDAMAR DEL SEGURA 0,5 BURJASSOT
IBI 2 CANALS
LA NUCIA 0,5 CARCAIXENT
L’ALFÀS DEL PÍ 1 CARLET

MANCOMUNIDAD LA VEGA 1 CATARROJA
MANCOMUNIDADLA VID Y EL MÁRMOL 0,5 CHELVA
MANCOMUNIDAD MARINA ALTA 2,5 CULLERA
MANCOMUNIDAD MARINA BAIXA 1 FAURA
MANCOMUNIDAD MARIOLA 1 FOIOS

MANCOMUNIDAD PEGO, L’ATZUVIA Y LES VALLS 0,5 GANDIA
MONÓVAR 0,5 GODELLA
MUTXAMEL 1,5 LA POBLA DE VALLBONA
NOVELDA L’ELIANA
ORIHUELA 3,5 LLÍRIA
PETRER 1,5 MANCOMUNIDAD LA HOYA BUÑOL-CHIVA
PILAR DE LA HORADADA 1,5 MANCOMUNIDAD LA SAFOR
ROJALES 1,5 MANCOMUNIDAD RIBERA BAIXA
SAN JOAN D’ALACANT 1 MANISES

SANT VICENT DEL RASPEIG 2,5 MASSAMAGRELL
SANTA POLA 1 MELIANA
SAX 0,5 MISLATA
TEULADA 1 MONCADA
TORREVIEJA 3 OLIVA
VILLAJOYOSA 1 ONTINYENT
VILLENA 2 PAIPORTA

XÀBIA 1 PATERNA
PICANYA
PICASSENT
PUÇOL
QUART DE POBLET
REQUENA
RIBA-ROJA DE TÚRIA
SAGUNTO
SEDAVÍ
SILLA
SUECA
TAVERNES DE LA VALLDIGNA
TORRENT
UTIEL
VALENCIA
VILLANUEVA DE CASTELLÓN
XÀTIVA
XIRIVELLA

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