MINISTERIO DE TRABAJO E INMIGRACIÓN
Competencias profesionales. Cursos
Resolución de 24 de junio de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se convoca el curso de formación para la habilitación como asesor o evaluador de las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, Transporte sanitario y Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes, en el procedimiento de evaluación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
PDF (BOE-A-2010-10415 - 15 págs. - 405 KB)Resolución de 24 de junio de 2010, del Servicio Público de Empleo Estatal, por la que se convoca el curso de formación para la habilitación como asesor o evaluador de las unidades de competencia de las cualificaciones profesionales Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, Transporte sanitario y Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes, en el procedimiento de evaluación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
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Objeto y Ámbito de aplicación.- 1. La finalidad de esta convocatoria es la articulación del procedimiento de selección de los participantes para el curso de formación para la habilitación como asesores y evaluadores de las unidades de competencia correspondientes a las cualificaciones profesionales de Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales, regulada por el Real Decreto 1368/2007, de 19 de octubre, y Atención sociosanitaria a personas en el domicilio, regulada por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, Transporte sanitario, regulada por el Real Decreto 295/2004, de 20 de febrero, y actualizada por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, y Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes, regulada por el Real Decreto 1087/2005, de 16 de septiembre, en el marco del procedimiento de evaluación para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral regulado por el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
Las unidades de competencia correspondientes a las cualificaciones profesionales mencionadas en el párrafo anterior, son las siguientes:
a) De la cualificación profesional Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales:
b) De la cualificación profesional Atención sociosanitaria a personas en el domicilio:
c) De la cualificación profesional Transporte sanitario:
d) De la cualificación profesional Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes:
2. La información sobre el contenido de las cualificaciones profesionales y unidades de competencia recogidas en el apartado anterior, así como de las realizaciones profesionales correspondientes, se puede obtener a través de la consulta del certificado de profesionalidad correspondiente de igual denominación en http://www.redtrabaja.es/.
Organización del curso.–El Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) realizará la selección de las personas candidatas para la participación en el curso, de acuerdo con las bases contempladas en esta convocatoria. Asimismo, la UNED expedirá la certificación a los participantes que superen el curso para su posterior habilitación y registro en las condiciones establecidas en el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.Las unidades de competencia correspondientes a las cualificaciones profesionales mencionadas en el párrafo anterior, son las siguientes:
a) De la cualificación profesional Atención sociosanitaria a personas dependientes en instituciones sociales:
b) De la cualificación profesional Atención sociosanitaria a personas en el domicilio:
c) De la cualificación profesional Transporte sanitario:
d) De la cualificación profesional Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes:
2. La información sobre el contenido de las cualificaciones profesionales y unidades de competencia recogidas en el apartado anterior, así como de las realizaciones profesionales correspondientes, se puede obtener a través de la consulta del certificado de profesionalidad correspondiente de igual denominación en http://www.redtrabaja.es/.
La realización del curso corresponderá a la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED), según lo contemplado en el Convenio de Colaboración firmado, en fecha 21 de diciembre de 2009, entre el Ministerio de Igualdad, el Ministerio de Educación, el Servicio Público de Empleo Estatal (SPEE) y la Universidad Nacional de Educación a Distancia (UNED) para realizar actuaciones de desarrollo del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, por el que se regula el procedimiento para la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral.El contenido del curso que se recoge en los anexos II.1 y II.2 de esta resolución tiene como referente lo establecido en los anexos IV y V del Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio.
El curso se desarrollará a través de una plataforma en línea establecida por la UNED y constará de 2 sesiones presenciales, una inicial para la presentación del curso y otra, al término del mismo, para realizar la prueba de evaluación final del curso.
El número máximo de participantes en el curso será de 600 plazas, correspondiendo 300 plazas para habilitación como asesores y 300 plazas para habilitación como evaluadores.La cobertura de estas plazas se realizará según los criterios recogidos en el anexo III, y estará en función de la distribución territorial contemplada en el anexo IV, V y VI de esta resolución.
Requisitos de los participantes.–Tener una experiencia de al menos cuatro años en alguno de los siguientes colectivos:
a) Como formadores y formadoras especializados en las unidades de competencia recogidas en el anexo I.
b) Como profesionales expertos en las unidades de competencia recogidas en el anexo I.
Dichos requisitos deberán cumplirse el día en que finalice el plazo de presentación de instancias.
Si con posterioridad a la selección de los participantes, se tuviera conocimiento de que alguno de los aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos, o se constatase que la solicitud adolece de errores o falsedades que, en su caso, imposibilitaran la obtención de la habilitación, el Servicio Público de Empleo Estatal procederá a su exclusión, previa audiencia del interesado.
Obligaciones de los participantes en el curso.–Los participantes deberán disponer de un equipo informático con conexión a Internet como herramienta imprescindible para la realización del curso.
Asimismo los participantes deberán asistir a las dos sesiones presenciales y completar con aprovechamiento la formación a distancia con la asistencia y supervisión del tutor correspondiente.
Solicitudes.–Los interesados en participar en el curso deberán cumplimentar el modelo de solicitud que se incluye en el anexo I, que también figura en la sede electrónica del Servicio Público de Empleo Estatal http://www.spee.gob.es/ y en http://www.redtrabaja.es/, y dirigirlo a la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal.
Los interesados podrán presentarse a una de las modalidades (asesor o evaluador) previstas en esta resolución, o a las dos priorizándolas. En este último caso, el Servicio Público de Empleo Estatal se reserva el derecho de asignar a una u otra modalidad la solicitud presentada, en función de las necesidades de las Comunidades Autónomas.
Los interesados deberán efectuar la presentación de la solicitud y documentación acreditativa exigida ante la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, en la sede central, sita en la calle Condesa de Venadito, número 9, 28027 Madrid. Asimismo, se podrán presentar en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Documentación acreditativa exigida:
1. Modelo de solicitud debidamente cumplimentado.
2. Currículum vitae europeo que figura en anexo I.
3. La experiencia laboral se acreditará a través de la vida laboral, contratos de trabajo o certificados de empresa u organización que acrediten las funciones desempeñadas.
4. La formación recibida se acreditará a través de certificados, títulos, diplomas que acrediten el cumplimiento de los requisitos o méritos alegados.
No serán admitidas las solicitudes que no se presenten acompañadas de la documentación acreditativa de su contenido.
Los participantes en los cursos estarán exentos del pago de cualquier tipo de matrícula o inscripción.
Plazo de presentación de solicitudes.–El plazo de presentación de las solicitudes y documentación acreditativa será de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 1 al 6 de Julio de 2010, a.i.}
No serán admitidas las solicitudes que no se presenten acompañadas de la documentación acreditativa de su contenido.
Los participantes en los cursos estarán exentos del pago de cualquier tipo de matrícula o inscripción.
Plazo de presentación de solicitudes.–El plazo de presentación de las solicitudes y documentación acreditativa será de 5 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 1 al 6 de Julio de 2010, a.i.}