domingo, 20 de junio de 2010

subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas mediante un programa de prácticas formativas en empresas de Europ

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Subvenciones
Orden EDU/1624/2010, de 8 de junio, por la que se convoca una subvención para el fomento de la movilidad de estudiantes de universidades españolas mediante un programa de prácticas formativas en empresas de Europa, Estados Unidos, Canadá y Asia (India, China, Japón, Singapur, Corea del Sur, entre otros) (programa FARO GLOBAL).
PDF (BOE-A-2010-9763 - 7 págs. - 244 KB)
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1. Objeto.-1. Esta convocatoria se propone crear las condiciones y facilitar los medios para impulsar la formación complementaria de los estudiantes de todas las universidades españolas, mediante la realización de prácticas formativas en empresas de Europa, Estados Unidos, Canadá y Asia (India, China, Japón, Singapur, Corea del Sur, entre otros). Dichas prácticas deben realizarse con las necesarias garantías de calidad y competencia, que capaciten a los estudiantes tanto para complementar con solvencia el período de su formación universitaria, como para incorporarse con plenas garantías al ámbito laboral.
2. El propósito de la convocatoria es la concesión, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, de una subvención destinada a la financiación de un programa de ámbito nacional que permita la realización de 1.000 prácticas formativas en empresas de Europa, Estados Unidos, Canadá y Asia (India, China, Japón, Singapur, Corea del Sur, entre otros), de estudiantes de todas las universidades españolas.
3. Requisitos de los beneficiarios.- Podrán acogerse a la ayuda prevista en esta convocatoria las universidades y entidades sin ánimo de lucro con personalidad jurídica propia, capacidad suficiente de obrar y que no se encuentren inhabilitadas para la obtención de subvenciones públicas o para contratar con el Estado u otros entes públicos.
Dichas entidades deberán acreditar experiencia previa en la gestión administrativa y económica de programas de becas de movilidad, así como de actuaciones on line, capacidad de tutoría y seguimiento de las estancias en prácticas empresariales y de su evaluación, así como aportar referencias documentales de los imprescindibles contactos con las organizaciones de acogida de los estudiantes en prácticas.
4. Características y cuantía de la ayuda.- Los programas de movilidad para los que se solicite financiación en la presente convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener por objeto la movilidad de estudiantes que cursen estudios conducentes a la obtención de un título oficial en universidades españolas, públicas o privadas, mediante estancias de formación en empresas. Para optar a estas estancias de formación en empresas, los estudiantes matriculados en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de los títulos de Diplomado, Arquitecto Técnico, Ingeniero Técnico, Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, deberán haber superado un mínimo del 70 por ciento de los créditos necesarios para la obtención de dichos títulos. Asimismo, podrán participar en el programa los estudiantes que lleven a cabo un proyecto de fin de carrera establecido en planes de estudios universitarios oficialmente reconocidos. En el caso de enseñanzas universitarias de Grado, podrán optar los estudiantes matriculados en dichas enseñanzas oficiales que hayan superado un mínimo del 70 por ciento de los créditos ECTS correspondientes. Los estudiantes deberán estar en disposición de cumplir los requisitos de entrada y estancia en los países de destino. Asimismo, los estudiantes no deberán haber disfrutado con anterioridad de una beca de formación de prácticas en empresas a cargo de programas financiados por el Ministerio (Faro, Argo, Integrants).
b) Garantizar la realización de 1.000 estancias de formación, de las que 500 se llevarán a cabo en empresas ubicadas en un mínimo de 10 países de la Unión Europea, 250 en empresas de Estados Unidos y Canadá, y 250 en empresas de Asia (India, China, Japón, Singapur, Corea del Sur, entre otros).
La ayuda concedida será compatible con otras ayudas o subvenciones, cualquiera que sea su naturaleza y la entidad que las conceda y siempre que conjuntamente no superen el coste total de la acción.
El programa estará vigente desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución de adjudicación de la subvención en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 31 de diciembre de 2013. 5. Formalización y plazo de presentación de solicitudes.- Las solicitudes, dirigidas al Director General de Política Universitaria, se presentarán en el impreso de solicitud, según el modelo del anexo, en el Registro General del Ministerio de Educación (c/ Los Madrazo, 15-17. 28071 Madrid), directamente o por cualquiera de los procedimientos previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de Correos deberán ir en sobre abierto para ser fechadas y selladas antes de su certificación.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales a contar desde el siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado». {del 20 de Junio al 5 de Julio de 2010, a.i.}

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