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MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES Y DE COOPERACIÓN. Personal laboral. Resolución de 28 de mayo de 2010, de la Dirección de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se aprueban las bases y se convoca proceso selectivo para ingreso como personal laboral fijo fuera de convenio, con la categoría de Responsable de Programas de Cooperación en las Oficinas Técnicas de Cooperación. PDF (BOE-A-2010-9372 - 15 págs. - 280 KB) Otros formatos
Bases de la convocatoria
1. Normas generales 1.1 Se convocan pruebas selectivas para cubrir 15 plazas de la categoría de Responsable de Programas de Cooperación por el sistema general de acceso libre.
1.2 El proceso selectivo se realizará mediante el sistema de concurso-oposición, siendo la fase de oposición previa y eliminatoria, con los ejercicios que se especifican en el Anexo I, seguida de una fase de concurso con las valoraciones y puntuación que igualmente aparecen especificadas en el mismo Anexo I.
1.3 Las plazas convocadas se describen en el Anexo II. Las funciones a desarrollar son las contenidas en el Anexo VI.
1.4 El ejercicio de la fase de oposición se iniciará transcurridos al menos cuatro meses desde la publicación de la presente convocatoria.
1.5 El programa que ha de regir las pruebas selectivas es el que figura en el anexo V de la presente convocatoria.
1.6 Concluidas ambas fases del proceso selectivo, los aspirantes que lo hubieran superado y que hayan acreditado cumplir los requisitos exigidos, hasta como máximo el número de plazas convocadas, serán contratados de acuerdo con la legislación española, con carácter fijo fuera de convenio.
2. Requisitos de los candidatos.- 2.1 Para ser admitidos a la realización del proceso selectivo los aspirantes deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantener hasta el momento de la formalización del contrato de trabajo los siguientes requisitos de participación:
2.1.1 Nacionalidad:
a) Ser español.
b) Ser nacional de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea o nacional de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de alguno de los demás Estados miembros de la Unión Europea y, cuando así lo prevea el correspondiente Tratado, el de los nacionales de algún Estado al que en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España s ea de aplicación la libre circulación de trabajadores, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
c) Asimismo podrán participar quienes no estando incluidos en los párrafos anteriores se encuentren en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia, podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se encuentren en situación de residencia permanente, quienes se encuentren en situación de autorización para residir y trabajar, así como los refugiados.
2.1.2 Edad: Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
2.1.3 Titulación. Estar en posesión, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, del título de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero, o el título universitario de grado. Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acredit ar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.
2.1.4 Compatibilidad funcional: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
2.1.5 Habilitación: No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso de personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
3. Solicitudes.- Quienes deseen participar en estas pruebas selectivas deberán hacerlo constar en el modelo de solicitud 790 que será facilitado en Internet en la página web del Ministerio de la Presidencia (http://http://www.mpr.es/) acceso por servicios a la ciudadanía, inscripción en procesos selectivos.
La solicitud se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones del Anexo IV.
La presentación de solicitudes se realizará en el Registro General de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, situado en la Avenida de los Reyes Católicos 4, 28040 Madrid, o en el Registro de las Oficinas Técnicas de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en el exterior o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación del anuncio de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» y se dirigirán a la Directora de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.{del 15 de Junio al 5 de Julio de 2010, a.i.}
ANEXO II Plazas de responsables de programas de cooperación convocadas para las Oficinas Técnicas de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
Características de las plazas
Número de Plazas convocadas: 15.
Categoría profesional: Responsables de Programas de Cooperación (Grupo 1 de cotización).
Regulación: Personal laboral fijo (fuera de convenio) sometido a legislación española.
Duración del contrato: Indefinida.
País de destino: Los puestos de Responsables de Programas de Cooperación se encuadran en las Oficinas Técnicas de la Cooperación española de la red de la AECID en el exterior .
Los países concretos de destino se ofertarán a los candidatos aprobados, atendiendo a las vacantes existentes, una vez que haya finalizado el proceso selectiv o.
De conformidad con lo previsto en la Base 7.4, la adjudicación de los puestos se realizará entre los aspirantes que hayan superen el proceso selectivo, por orden estricto de prelac ión, de acuerdo con la puntuación total obtenida.
Remuneración: Percibirán las retribuciones establecidas en cada momento por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones.
ANEXO VI Funciones de los responsables de programas de cooperación en las Oficinas Técnicas de Cooperación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en el Exterior
Bajo la dependencia funcional y jerárquica del Coordinador General de la Cooperación española en el país, el Responsable de Programas desempeñará las siguientes funciones:
Gestión, coordinación y asesoramiento técnico de la ejecución de las actuaciones de cooperación, así como de las actividades de los Responsables de Proyectos asignados al sector. Supervisión de los informes técnicos y financieros finales de las actuaciones de cooperación del sector en coordinación con el área de administración de la OTC.
Identificación y formulación de las actuaciones de cooperación a financiar con el presupuesto disponible en el sector o área correspondiente. Apoyo y asesoramiento en el proceso de identificación de oportunidades de cooperación.
Realización de informes técnicos de evaluación previa de actuaciones de cooperación y orientaciones estratégicas del sector correspondiente. Contribución a la evaluación final de las actuaciones de cooperación de la AECID y del resto de las acciones de cooperación en el sector.
Coordinación, a nivel interinstitucional de la coparticipación de las actuaciones en el sector correspondiente.
Relación y coordinación técnica con los socios locales de las actuaciones de cooperación y con las instituciones locales del sector o área específica.
Seguimiento y coordinación de las actuaciones del conjunto de los actores de la Cooperación Española en el sector.
Participación en foros especializados, técnicos y académicos. Realización de informes técnicos y asesoramiento en materia especializada según las necesidades de la AECID.
Participación en la elaboración de la Programación Operativa anual y en la elaboración de los Marcos de Asociación.
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