Ajuntament de Dénia. Subvencions. (página 20 y ss.)
Bases que han de regir en la convocatoria pública de subvenciones para programas y actuaciones en el Área de Bienestar Social para el ejercicio 2010 dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio.
Primera.- Objeto y cuantía. Es objeto de las presentes bases el regular el régimen de subvenciones en el Área de Bienestar Social a Asociaciones y Entidades sin animo de lucro, radicadas en Dénia, que desarrollen proyectos de bienestar social en el municipio mediante la prestación de actividades de carácter preventivo, asistencial y rehabilitador, en cualquiera de sus ámbitos de actuación: personas mayores, discapacitados, mujer, drogodependientes, infancia, familia, minorías étnicas, inmigrantes, personas sin hogar o en riesgo de exclusión social y otros colectivos en situación de desigualdad social.
La cuantía de la presente convocatoria asciende a 60.000€ .
Bases que han de regir en la convocatoria pública de subvenciones para programas y actuaciones en el Área de Bienestar Social para el ejercicio 2010 dirigidas a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro del municipio.
Primera.- Objeto y cuantía. Es objeto de las presentes bases el regular el régimen de subvenciones en el Área de Bienestar Social a Asociaciones y Entidades sin animo de lucro, radicadas en Dénia, que desarrollen proyectos de bienestar social en el municipio mediante la prestación de actividades de carácter preventivo, asistencial y rehabilitador, en cualquiera de sus ámbitos de actuación: personas mayores, discapacitados, mujer, drogodependientes, infancia, familia, minorías étnicas, inmigrantes, personas sin hogar o en riesgo de exclusión social y otros colectivos en situación de desigualdad social.
La cuantía de la presente convocatoria asciende a 60.000€ .
Segunda.- Finalidad. La presente convocatoria tiene como finalidad contribuir a la financiación de gastos de las entidades que operan en el ámbito de la acción social.
Cuarta.- Solicitudes, documentación y plazo de presentación. Las asociaciones y entidades interesadas podrán dirigir sus peticiones a la Ilma. Señora Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Dénia, a través del Registro General Municipal o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la presentación de las solicitudes de subvención firmadas por el presidente de la entidad (Anexo I) y, en su caso, Anexo II.
Cuarta.- Solicitudes, documentación y plazo de presentación. Las asociaciones y entidades interesadas podrán dirigir sus peticiones a la Ilma. Señora Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Dénia, a través del Registro General Municipal o por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 4/1999, de13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, mediante la presentación de las solicitudes de subvención firmadas por el presidente de la entidad (Anexo I) y, en su caso, Anexo II.
El plazo para solicitar las subvenciones será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante. {del 29 de Junio al 28 de Julio de 2010, a.i.}
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