
ORDRE 14/2010, de 9 de juny, de la Conselleria de Benestar Social, per la qual es regula la convocatòria i les bases que hauran de regir l'adjudicació de places de participació en el programa d'estades de temps lliure per a dones soles o acompanyades dels seus fills exclusivament a càrrec seu, en situació de vulnerabilitat i/o risc d'exclusió social, residents a la Comunitat Vale

La presente orden establece la convocatoria, así como las bases reguladoras, destinadas a la concesión de plazas para participar en el programa de estancias de tiempo libre para mujeres solas o acompañadas de sus hijas/os exclusivamente a su cargo, en situación de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social, residentes en la Comunitat Valenciana, para el año 2010.
La presente orden forma parte del Programa de Prioridades Sociales para las personas y las familias 2008-2011, aprobado por el Consell.
ANEXO I
BASES
Objeto.- 1. Las presentes bases regirán el proceso de selección, en régimen de concurrencia

2. La ayuda comprende el alojamiento en régimen de pensión completa y habitación por unidad familiar durante diez días y nueve noches, incluyendo los traslados de ida y vuelta desde el punto de salida establecido, actividades complementarias, así como el acompañamiento de un equipo de profesionales y monitores/as durante la estancia.
3. El período de duración de la estancia será de 10 días, preferiblemente a realizar entre los días 1 de junio a 8 de septiembre y siempre antes del 12 de septiembre de 2010.
Beneficiarias.- 1. Podrán ser solicitantes y beneficiarias, las mujeres que cumplan los siguientes requisitos:
a) Ser residente en la Comunitat Valenciana. En el caso ser residentes no comunitarias, además, disponer de permiso de residencia.
b) Ser mujeres solas o con hijas/os exclusivamente a su cargo en situaciones de vulnerabilidad y/o riesgo de exclusión social tales como:
– Mujeres residentes en Centros de Servicios Sociales Especializados Mujer.
– Mujeres que acrediten ser o haber sido víctimas de violencia de género.
– Mujeres que acrediten carencia de estabilidad social.
– Mujeres que acrediten ser desempleadas de larga duración.
c) Que la renta del conjunto de la unidad familiar, dividida por el número

d) No padecer enfermedad que requiera aislamiento y/o que impida la normal convivencia.
2. También podrán ser beneficiarias y/o beneficiarios las hijas/os de las mujeres seleccionadas, hasta 14 años de edad, pudiéndose ampliar la edad en supuestos excepcionales y debidamente justificados previa valoración positiva de la comisión constituida para la selección.
En cualquier caso deberán cumplir necesariamente los requisitos a) y d) establecidos en el apartado anterior
Solicitud, y plazo.- 1. Solicitudes. La solicitud se formalizará en el modelo de instancia que figura como anexo II a la presente orden.
2. Plazo de presentación.- Las solicitudes se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana. {del 19 de Junio al 6 de Julio de 2010, a.i.}
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