jueves, 17 de junio de 2010

Convocatoria del Plan de Ayudas a Ayuntamientos para potenciación de las Agencias de Desarrollo Local, dentro de la anualidad 2010. Diputació Alacant.

EDICTO. La Excma. Diputación Provincial de Alicante, en sesión celebrada el día 10 de junio de 2010, acordó aprobar la Convocatoria del Plan de Ayudas a Ayuntamientos para potenciación de las Agencias de Desarrollo Local, dentro de la anualidad 2010.
BASES
Objeto de la convocatoria.-1. Las presentes bases tienen por objeto regular el procedimiento en régimen de concurrencia competitiva ordinaria para la concesión de subvenciones a Ayuntamientos de la provincia de Alicante para actuaciones de inversión en sus Agencias de Desarrollo Local, realizadas durante la anualidad de 2010.
A estos efectos tendrán la consideración de Agencias de desarrollo local las oficinas especializadas en la puesta en marcha de iniciativas dirigidas a dinamizar la economía y la actividad productiva y empresarial en el ámbito local, que impulsen el empleo, la cultura emprendedora, y que acrediten disponer de, al menos, un técnico adscrito a los servicios de Desarrollo Local.
Serán subvencionables las inversiones consistentes en:
- Mobiliario y equipamiento de oficina. - Inversiones en equipos para procesos de información. - Inversiones en aplicaciones informáticas.
- Climatización.
- Creación y registro de la imagen y marca de la Agencia.
2. Para atender el importe de las subvenciones a conceder dentro de la presente convocatoria queda afectada la partida y crédito consignado en el presupuesto provincial de 2010 que se relaciona a continuación, sin perjuicio de las variaciones al alza que pudieran producirse como consecuencia de posteriores modificaciones presupuestarias.
PARTIDA ___ CRÉDITO
25.433.76210 __ 300.000 €
3. El porcentaje de la subvención respecto al presupuesto de la actividad se ajustará al siguiente baremo, considerando el número de habitantes de la entidad local solicitante para el ejercicio económico 2010:
Nº DE HABITANTES % MÁXIMO SUBVENCIÓN
DE HASTA 1.000 HAB. 95 %
DE 1.000 A 2.999 HAB. 75 %
DE 3.000 A 5.999 HAB. 70 %
DE 6.000 A 9.999 HAB. 65 %
+ DE 10.000 HAB. 60 %
Plazo de presentación de solicitudes.-Los ayuntamientos de la provincia interesados deberán presentar su solicitud, ajustada al modelo normalizado, que se publicara en la página web de esta Diputación
(www.ladipu.com), en el Registro General de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, calle Tucumán número 8, 03005 Alicante en el plazo de los 15 días naturales siguientes
al de la publicación de estas Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de esta Excma. Diputación. Asimismo, las solicitudes podrán presentarse por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 38 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
Solo se atenderá una solicitud por entidad. En el supuesto de que un mismo peticionario presentara varias solicitudes, solo será atendida la que a criterio del instructor del procedimiento pareciere más adecuada a los objetivos de la convocatoria.

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