Resolución de 26 de mayo de 2010, del Instituto de la Mujer, por la que se convoca la concesión de subvenciones sometidas al régimen general de subvenciones, durante el año 2010.
Objeto de la convocatoria.–La presente Resolución convoca, en régimen de concurrencia competitiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 22.1, de la LGS, la concesión de subvenciones públicas sometidas al régimen general, cuyo objeto es fomentar la realización, por entidades y organizaciones no gubernamentales (en adelante entidad/es) de ámbito de actuación estatal, de programas/actividades relacionadas con las áreas de competencia del Instituto de la Mujer y, muy especialmente, con la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad efectiva de mujeres y hombres, con la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, con el Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades 2008-2011, así como cualquier otra norma legislativa complementaria o de desarrollo de ambas leyes.
Programas subvencionables.–Los programas prioritarios, a subvencionar por el Instituto de la Mujer, en esta convocatoria, son los siguientes:
1. Programas dirigidos a colaborar en el mantenimiento y funcionamiento del movimiento asociativo de las mujeres que trabajan a favor de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.
2. Programas innovadores dirigidos a la formación y promoción de las mujeres en todos los ámbitos de actuación.
3. Programas dirigidos a fomentar la empleabilidad, la calidad en el empleo y la igualdad salarial de las mujeres.
4. Programas dirigidos a promover la conciliación y la corresponsabilidad.
5. Programas dirigidos a promover la inserción social de las mujeres que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad.
6. Programas dirigidos a mejorar la vida de las mujeres del medio rural.
7. Programas dirigidos a prevenir y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres.
Solicitud, Memorias, Documentación y Subsanación de errores.–En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5, de la Orden de bases reguladoras, se establece el modelo de solicitud, el plazo de presentación, las memorias y la documentación que deberá acompañar a la solicitud.
1. Modelo y presentación de solicitud.
La solicitud de subvención se formalizará en un único modelo de instancia, que figura como anexo I a la presente Resolución, debiendo relacionarse, en la misma, todos los programas para los que la entidad solicita subvención y la cantidad solicitada para cada uno de ellos. Dicha instancia, que será original, deberá estar cumplimentada, íntegramente, y firmada por la persona física que solicita la subvención, en nombre y representación de la entidad solicitante.
El modelo de solicitud, en impreso normalizado, podrá ser recogido en la sede del Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, núm. 34, 28027 Madrid. También puede obtenerse a través de la página Web del Instituto de la Mujer, cuya dirección es www.inmujer.migualdad.es/mujer/concursos/subvenciones.
Asimismo, existe una aplicación informática para cumplimentar la solicitud de subvención, a la que se podrá acceder a través de la página Web del Instituto de la Mujer, cuya dirección se especifica en el párrafo anterior.
La solicitud, dirigida a la Directora General del Instituto de la Mujer, podrá presentarse en el registro general del Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, núm. 34, 28027 Madrid, así como en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación, de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado.{del 22 de Junio al 21 de Julio de 2010, a.i.}
Programas subvencionables.–Los programas prioritarios, a subvencionar por el Instituto de la Mujer, en esta convocatoria, son los siguientes:
1. Programas dirigidos a colaborar en el mantenimiento y funcionamiento del movimiento asociativo de las mujeres que trabajan a favor de la Igualdad de Oportunidades entre mujeres y hombres.
2. Programas innovadores dirigidos a la formación y promoción de las mujeres en todos los ámbitos de actuación.
3. Programas dirigidos a fomentar la empleabilidad, la calidad en el empleo y la igualdad salarial de las mujeres.
4. Programas dirigidos a promover la conciliación y la corresponsabilidad.
5. Programas dirigidos a promover la inserción social de las mujeres que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad.
6. Programas dirigidos a mejorar la vida de las mujeres del medio rural.
7. Programas dirigidos a prevenir y erradicar todo tipo de violencia contra las mujeres.
Solicitud, Memorias, Documentación y Subsanación de errores.–En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 5, de la Orden de bases reguladoras, se establece el modelo de solicitud, el plazo de presentación, las memorias y la documentación que deberá acompañar a la solicitud.
1. Modelo y presentación de solicitud.
La solicitud de subvención se formalizará en un único modelo de instancia, que figura como anexo I a la presente Resolución, debiendo relacionarse, en la misma, todos los programas para los que la entidad solicita subvención y la cantidad solicitada para cada uno de ellos. Dicha instancia, que será original, deberá estar cumplimentada, íntegramente, y firmada por la persona física que solicita la subvención, en nombre y representación de la entidad solicitante.
El modelo de solicitud, en impreso normalizado, podrá ser recogido en la sede del Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, núm. 34, 28027 Madrid. También puede obtenerse a través de la página Web del Instituto de la Mujer, cuya dirección es www.inmujer.migualdad.es/mujer/concursos/subvenciones.
Asimismo, existe una aplicación informática para cumplimentar la solicitud de subvención, a la que se podrá acceder a través de la página Web del Instituto de la Mujer, cuya dirección se especifica en el párrafo anterior.
La solicitud, dirigida a la Directora General del Instituto de la Mujer, podrá presentarse en el registro general del Instituto de la Mujer, calle Condesa de Venadito, núm. 34, 28027 Madrid, así como en los Registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes será de treinta días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación, de la presente Resolución, en el Boletín Oficial del Estado.{del 22 de Junio al 21 de Julio de 2010, a.i.}
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