viernes, 18 de junio de 2010

ayudas para la promoción de centros de apoyo a emprendedores.

MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO Y COMERCIO
Ayudas
Resolución de 7 de junio de 2010, de la Secretaría General de Industria, por la que se efectúa, para el año 2010, la convocatoria de ayudas para la promoción de centros de apoyo a emprendedores.
PDF (BOE-A-2010-9697 - 21 págs. - 440 KB)
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Objeto de la Resolución.- 1. Constituye el objeto de esta Resolución la convocatoria de las ayudas a la promoción de Centros de Apoyo a Emprendedores (CEAE) para el ejercicio 2010 y los procedimientos de gestión para la aplicación de dichas ayudas, de acuerdo con lo previsto en la Orden ITC/560/2010, de 3 de marzo por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas para la promoción de centros de apoyo a emprendedores.
Objetivos.–Las ayudas que aquí se convocan tienen como finalidad incentivar el desarrollo de aquellas actuaciones que favorezcan la complementariedad y la especialización de los CEAE con el objetivo de ampliar la cobertura y mejorar la calidad de los servicios de apoyo que prestan a los emprendedores.
Las actuaciones relacionadas con esta Resolución tienen como finalidad principal mejorar y reforzar la oferta de servicios de los Centros de Apoyo a Emprendedores que actualmente existen en España, así como su calidad y adaptación a las necesidades de éstos, mediante la puesta en marcha de proyectos en cooperación.
Plazo de presentación de solicitudes.–El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado» {del 19 de Junio al 19 de Julio de 2010, a.i.}. La sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio (http://sede.mityc.gob.es) indicará el último día válido para la presentación de la solicitud.
Formalización y presentación de solicitudes.- 1. Las solicitudes para la obtención de las ayudas constarán de:
a) Solicitud de ayuda.
b) Cuestionario.
c) Memoria técnica y económica del proyecto.
d) Declaración responsable de ayudas.
e) Documento de acuerdo entre los participantes.
2. Las solicitudes para la obtención de las ayudas seguirán el modelo que figura, a título informativo, en el Anexo I de la presente Resolución. Dicho modelo estará disponible para su cumplimentación y presentación en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ( http://sede.mityc.gob.es ). El modelo citado se cumplimentará necesariamente con los medios electrónicos de ayuda disponibles en la referida sede.

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