MINISTERIO DEL INTERIOR
Ayudas
Resolución de 7 de junio de 2010, de la Dirección General de Tráfico, por la que se publica la convocatoria de ayudas a asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones, sin animo de lucro, cuyo objeto sea la atención a las víctimas de accidentes de tráfico y a sus familiares.
PDF (BOE-A-2010-9689 - 16 págs. - 384 KB)
Otros formatos
Convocatoria.–La Dirección General de Tráfico, convoca la concesión de ayudas a Asociaciones, Fundaciones, Entidades e Instituciones sin ánimo de lucro en relación con las víctimas por accidentes de tráfico, en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes al año 2010.
Objeto y finalidad.–Estas ayudas tienen por objeto la financiación de actuaciones dirigidas al desarrollo institucional y al apoyo al movimiento asociativo y fundacional cuyo objeto sea la atención a las víctimas de accidentes de tráfico y sus familiares y sus programas de actuación.
La finalidad de las ayudas es respaldar a las entidades que operan en este ámbito desde una perspectiva organizativa o institucional para fomentar o potenciar sus actividades consideradas de interés general.
Ayudas
Resolución de 7 de junio de 2010, de la Dirección General de Tráfico, por la que se publica la convocatoria de ayudas a asociaciones, fundaciones, entidades e instituciones, sin animo de lucro, cuyo objeto sea la atención a las víctimas de accidentes de tráfico y a sus familiares.
PDF (BOE-A-2010-9689 - 16 págs. - 384 KB)
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Convocatoria.–La Dirección General de Tráfico, convoca la concesión de ayudas a Asociaciones, Fundaciones, Entidades e Instituciones sin ánimo de lucro en relación con las víctimas por accidentes de tráfico, en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes al año 2010.
Objeto y finalidad.–Estas ayudas tienen por objeto la financiación de actuaciones dirigidas al desarrollo institucional y al apoyo al movimiento asociativo y fundacional cuyo objeto sea la atención a las víctimas de accidentes de tráfico y sus familiares y sus programas de actuación.
La finalidad de las ayudas es respaldar a las entidades que operan en este ámbito desde una perspectiva organizativa o institucional para fomentar o potenciar sus actividades consideradas de interés general.
Actividades objeto de las ayudas.- 1. Las ayudas habrán de dirigirse al cumplimiento y fomento por las entidades relacionadas en el apartado quinto, de alguna de las actividades siguientes:
a) Apoyo al movimiento asociativo y fundacional, financiando parcialmente los gastos generales de funcionamiento y gestión generados como consecuencia de las actividades dedicadas a la atención social de las víctimas y de sus familiares, y al apoyo técnico para el desarrollo de sus objetivos.
b) Proyectos dirigidos a la atención psicológica, jurídica, material y social de las victimas y de sus familias.
c) Acciones dirigidas a la sociedad, de información, sensibilización de la opinión pública y educación vial y sobre incidencia de los accidentes de tráficos en el colectivo de víctimas y de sus familias.
2. Las actividades subvencionadas habrán de realizarse en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre del año 2010.
Solicitudes y documentación.- 1. Las solicitudes de ayudas se formalizarán en el modelo que figura como anexo I a la presente Resolución y se dirigirán a la Dirección General de Tráfico. Podrán presentarse en el Registro General de la Dirección General de Tráfico, calle Josefa Valcárcel, número 28, 28027 Madrid y en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida a través de los teléfonos:
a) Apoyo al movimiento asociativo y fundacional, financiando parcialmente los gastos generales de funcionamiento y gestión generados como consecuencia de las actividades dedicadas a la atención social de las víctimas y de sus familiares, y al apoyo técnico para el desarrollo de sus objetivos.
b) Proyectos dirigidos a la atención psicológica, jurídica, material y social de las victimas y de sus familias.
c) Acciones dirigidas a la sociedad, de información, sensibilización de la opinión pública y educación vial y sobre incidencia de los accidentes de tráficos en el colectivo de víctimas y de sus familias.
2. Las actividades subvencionadas habrán de realizarse en el plazo comprendido entre el 1 de enero y el 30 de noviembre del año 2010.
Solicitudes y documentación.- 1. Las solicitudes de ayudas se formalizarán en el modelo que figura como anexo I a la presente Resolución y se dirigirán a la Dirección General de Tráfico. Podrán presentarse en el Registro General de la Dirección General de Tráfico, calle Josefa Valcárcel, número 28, 28027 Madrid y en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Cualquier información sobre esta convocatoria podrá ser obtenida a través de los teléfonos:
91 301 86 71 y 91 301 83 12.
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 19 de Junio al 6 de Julio de 2010, a.i.}
El plazo de presentación de las solicitudes será de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de esta Resolución en el «Boletín Oficial del Estado». {del 19 de Junio al 6 de Julio de 2010, a.i.}
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