BASES DE CONCESIÓN DE BECAS DE PRÁCTICAS FORMATIVAS PARA EL GABINETE DE PRESIDENCIA DE LA DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE VALENCIA DURANTE EL EJERCICIO 2016-2017 EN MATERIA DE COMUNICACIÓN Y PROTOCOLO
La Presidencia de la Diputación de Valencia, en su política dirigida a fomentar la integración y la incorporación de los jóvenes valencianos al mercado laboral, y con la posibilidad de completar su formación y adquirir nuevas aptitudes, establece un programa de prácticas formativas dirigidas a jóvenes licenciados en las ramas de periodismo, comunicación audiovisual y publicidad.
En este sentido, la Diputación de Valencia, ha diseñado un programa de becas de comunicación, pudiendo ofrecer una oportunidad formativa a un número de jóvenes de la Provincia de Valencia con estudios en el sector periodístico o audiovisual, con lo que dichos jóvenes puedan a través de esta oportunidad complementar los conocimientos teóricos adquiridos en sus estudios, mediante la colaboración con los profesionales de la Administración.
Se trata de realizar una actuación en el Servicio de Comunicación y Relaciones Exteriores a través de dichas becas formativas, en donde los jóvenes aspirantes lleven a cabo su participación en las tareas que se realizan en este Servicio.
Estas becas tienen la consideración de subvenciones, ya que se entienden como ayudas económicas sin contraprestación.
Las becas a conceder por la presente convocatoria no están sujetas a la política de la competencia de la Unión Europea en materia de ayudas a la política y, por tanto no precisan notificación a la Comisión Europea por no reunir los requisitos del artículo 107.1 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, ya que en razón de la cualidad del beneficiario y el objeto de las becas, estas acciones subvencionables no afectan a la competencia ni a los intercambios comerciales entre estados miembros, y tampoco favorecen a determinadas empresas o producciones.
Base primera.- Objeto Convocar la concesión de 5 becas de prácticas formativas en el ámbito profesional a los jóvenes con titulación universitaria en materia de comunicación con el fin de lograr una futura empleabilidad de dichos jóvenes, así como una experiencia profesional desde el lado institucional. La convocatoria de las becas se realizará en régimen de concurrencia, competitividad, bajo los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
Las Becas del Gabinete de Presidencia de la Diputación Provincial de Valencia se dividirán de la siguiente manera: 3 Becas para Comunicación y Periodismo, 1 Beca de Comunicación Audiovisual, 1 Beca de Publicidad o Diseño Gráfico.
Base segunda.- Beneficiarios Podrán ser beneficiarios de estas ayudas, las personas que reúnan los requisitos siguientes, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:
1. Becas de Comunicación y Periodismo: Tener la Licenciatura o Grado de Ciencias de la Información en la rama de Periodismo o Licenciatura en Comunicación Audiovisual.
Beca de Comunicación Audiovisual: Tener la licenciatura o grado de Ciencias de la Información en la rama de Imagen o Grado en Comunicación Audiovisual.
Beca de Publicidad o Diseño Gráfico: Tener la Licenciatura o Grado de Relaciones Públicas y Publicidad o Grado Multimedia y Artes Digitales.
2. Jóvenes hasta 35 años.
3. Estar empadronado por lo menos un año en algún municipio de la Provincia de Valencia, o certificar estar en posesión del título de graduado o licenciado en un centro universitario de la Provincia de Valencia y haber cursado al menos el 50% de los créditos (o equivalente para licenciados) en un centro universitario radicado en la Provincia de Valencia.
4. Estar en posesión del título que acredite el coneixement del valencia en grau mitjà de la Junta Qualificadora de Coneixements de Valencia.
5. No estar disfrutando de una beca en la Diputación en el momento de publicarse las bases salvo que resten menos de dos meses para su finalización.
6. No haber sido beneficiario de becas de prácticas formativas profesionales o similar, en la Diputación, ni en ninguna otra administración pública valenciana.
7. No estar sancionado administrativa o penalmente con la perdida de la posibilidad de obtención de subvención o ayudas públicas, ni estar incurso en prohibición legal alguna que le inhabilite para ello.
8. Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
Base tercera.- Duración de la beca La beca tendrá una duración de 12 meses desde la fecha que se indique en el decreto de adjudicación, que será publicada en el Boletín Oficial de la Provincia. La no incorporación injustificada de un becario/a en la fecha indicada en el decreto de adjudicación, se interpretará como una renuncia a la beca concedida. En este caso se podrá conceder una nueva beca a la persona candidata que corresponda según la bolsa de reserva para sustituciones que se cree al efecto, o no podrá dejarse desierta si la bolsa se encontrara agotada. El periodo de duración podrá prorrogarse sin necesidad de nueva convocatoria por un periodo de 12 meses adicionales, siempre que exista disponibilidad presupuestaria, acuerdo de las partes y así lo requiera o lo aconseje el desarrollo de la actividad que se estuviera efectuando, no pudiendo exceder de 36 meses como máximo.
Base cuarta.- Dotación Económica La beca contará con una dotación económica mensual de mil euros (1.000) brutos, por cada una de las becas otorgadas.
Base quinta.- Presentación de las solicitudes El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto de las bases para la concesión de becas de prácticas formativas del Gabinete de Presidencia de la Diputación de Valencia. En las solicitudes (Modelo I) para tomar parte en el presente proceso, que deberán estar debidamente cumplimentadas, los aspirantes manifestarán (Modelo II) que reúnen todos los requisitos exigidos en la Base Segunda en la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes así como la declaración de documentos adjuntos (Modelo III), debiendo ser presentadas en el Registro General (Palacio de la Batlía, calle Serrano nº 2, Valencia) o en los lugares que determina el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dentro del plazo de 20 días hábiles, contando a partir del siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia.{del 31 de mayo al 22 de junio de 2016, a.i.} Los aspirantes que por sus titulaciones puedan acceder a dos tipos de becas distintos tendrán que hacer una solicitud por cada una de las becas que soliciten, no pudiendo en una misma solicitud optar a dos tipos distintos de becas. La solicitud para tomar parte en el presente proceso deberá rellenarse preferentemente por medios telemáticos a través del trámite que se encuentra en la página web, www.dival.es.