ORDRE 21/2010, de 2 de juny, de la Conselleria d'Economia, Hisenda i Ocupació, per la qual es convoca un pla extraordinari de foment de l'ocupació a la Comunitat Valenciana per a desocupats que hagen esgotat les prestacions o subsidis per desocupació, per a l'exercici 2010. [2010/6534] (pdf 326KB)
Objeto y ámbito de aplicación.- Esta orden tiene como objeto establecer en el ámbito de la Comunitat Valenciana un plan extraordinario que estimule la creación de empleo, mediante el establecimiento de incentivos a la contratación de desempleados, inscritos como demandantes de empleo en los Centros SERVEF de Empleo de la Generalitat, que hayan agotado la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo.
Requisitos de los trabajadores contratados.- Los trabajadores deberán haber permanecido inscritos como desempleados en el correspondiente Centro SERVEF de Empleo durante un periodo de, al menos, un mes ininterrumpido e inmediatamente anterior a su contratación y estar en posesión del Documento de Alta y Renovación de la Demanda de Empleo (DARDE) actualizado; además en el momento de la contratación deberán haber agotado la prestación por desempleo o el subsidio por desempleo. Se entienden excluidos de este colectivo los trabajadores a los que no se les hubiera llegado a reconocer derecho a la prestación por desempleo.
Cuantía de las ayudas.- 1. La cuantía de las ayudas será la siguiente:
a) Contrataciones indefinidas iniciales a jornada completa: 5.000 euros.
b) Contrataciones temporales de al menos seis meses de duración a jornada completa: 1.000 euros.
2. En el caso de que el trabajador contratado acredite una discapacidad de al menos el 33% o se trate de una mujer, dichos importes se incrementarán en 400 euros si se trata de una contratación indefinida; y en 200 euros si es temporal.
3. En el caso de contratos fijos discontinuos los importes establecidos en los epígrafes anteriores se reducirán al 25%.
4. Los contratos a tiempo parcial podrán ser objeto de subvención siempre que tengan una duración de al menos 20 horas semanales, con reducción proporcional de la cuantía de la ayuda.
Presentación de solicitudes y documentación.- 1. Las solicitudes, que deberán dirigirse al Servicio Valenciano de Empleo y Formación, se formalizarán en formularios normalizados y se presentarán en las correspondientes direcciones territoriales de Empleo del SERVEF, sin perjuicio de poder presentarlas en los demás lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, incluida, en su caso, la presentación telemática.
Plazo de presentación de solicitudes.- El plazo de presentación de solicitudes se extenderá desde el día siguiente a la publicación de la orden hasta el 30 de septiembre de 2010. En todo caso las solicitudes deberán presentarse en el plazo de dos meses desde la contratación objeto de la ayuda.
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