miércoles, 1 de septiembre de 2010

ayudas para la matrícula en un Master, destinadas a titulados universitarios en situación laboral de desempleo, para el curso 2010-2011.

MINISTERIO DE EDUCACIÓN
Ayudas
Orden EDU/2311/2010, de 3 de agosto, por la que se convocan ayudas para la matrícula en un Master, destinadas a titulados universitarios en situación laboral de desempleo, para el curso 2010-2011.
PDF (BOE-A-2010-13618 - 7 págs. - 199 KB)
Otros formatos
1. Objeto, destinatarios y fines.- 1. Se convocan ayudas destinadas a financiar los gastos derivados de la matrícula en un Master oficial en el curso 2010-2011. Asimismo se convocan ayudas para financiar los gastos derivados de la matrícula en un título propio de máster realizado durante el curso 2010-2011 en una universidad pública.
2. Las mencionadas ayudas van dirigidas a titulados universitarios en situación laboral de desempleo, que se encuentren inscritos como demandantes de empleo y estén percibiendo o hayan percibido durante el año 2010 la correspondiente prestación económica por desempleo.
3. La finalidad de las ayudas es mejorar las cualificaciones académicas por la vía de completar y actualizar los niveles formativos de los destinatarios y favorecer la incorporación al mercado laboral de los titulados universitarios que temporalmente han perdido la condición de empleados.
4. Requisitos.- Serán requisitos necesarios para la obtención de la ayuda:
1. Los alumnos que obtuvieron en el curso 2009-2010 una ayuda de las convocadas por Orden EDU/2278/2009, de 13 de agosto para cursar el primer año de un máster podrán obtener ayuda para el curso 2010-2011 siempre que se matriculen de la totalidad de los créditos que les resten para finalizar el máster para el que la obtuvieron. En este caso, deberán acreditar, además, haber superado el 80 por 100 de los créditos en que se matricularon en el curso 2009-2010.
2. En el caso de los demás estudiantes, serán requisitos necesarios para la obtención de la ayuda los siguientes:
a) Haber nacido entre el 1 de enero de 1970 y el 31 de diciembre de 1985.
b) Estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que faculte en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster. Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior, sin necesidad de homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado, de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales.
c) Encontrarse en situación laboral de desempleo y estar inscrito como demandante de empleo a la fecha de 1 de septiembre de 2010.
d) Estar o haber estado percibiendo prestación o subsidio por desempleo con cargo al presupuesto del Servicio Público de Empleo entre el 1 de enero y el 1 de septiembre de 2010, ambos inclusive.
e) Estar matriculado en el curso 2010-2011 en un curso completo de master oficial. También serán candidatos a la ayuda quienes estén matriculados de un curso completo en un título propio de master impartido por una universidad pública.
10. Presentación de solicitudes.- 1. Los interesados que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 4 y deseen obtener una de las ayudas convocadas por esta Orden, deberán cumplimentar el formulario y la declaración responsable de que cumple los requisitos establecidos en el apartado 2 del mencionado artículo que serán accesibles por vía telemática a través de la sede electrónica del Departamento en la dirección https://sede.educacion.gob.es en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios».
Una vez cumplimentada la solicitud telemática, si el solicitante se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la sede electrónica, se podrá completar el proceso electrónico de presentación de la solicitud, acompañando, en formato informático, la documentación requerida en el plazo establecido en el artículo siguiente.
En el supuesto de que el solicitante no disponga de sistema de firma aceptado por la sede electrónica, una vez cumplimentada la solicitud telemática, se deberá imprimir el modelo de solicitud en fichero pdf y presentarlo con la firma del solicitante y demás miembros computables de su unidad familiar en el centro universitario donde vaya a cursar el máster o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. Junto con el modelo de solicitud, los estudiantes incluidos en el apartado 2 del artículo 4 deberán presentar la documentación acreditativa de que concurre en el solicitante alguna de las circunstancias que dan derecho a deducciones en la renta familiar, en su caso.
11. Plazo de presentación de solicitudes. El plazo de presentación de solicitudes se extenderá hasta el día 16 de noviembre de 2010, inclusive.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia