Subvenciones
Orden IGD/2421/2010, de 2 de septiembre, por la que se convocan subvenciones para la ejecución, gestión, apoyo y seguimiento a proyectos en el marco del Programa de Cooperación Internacional "Mujeres y Desarrollo".
PDF (BOE-A-2010-14278 - 17 págs. - 362 KB)
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Objeto, y finalidad.–La presente Orden tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones públicas para posibilitar la ejecución, gestión, apoyo y seguimiento de los proyectos seleccionados por el Ministerio de Igualdad en el marco del Programa de Cooperación Internacional «Mujeres y Desarrollo», relacionados en el anexo VII (Proyectos seleccionados) y que tienen como finalidad potenciar y asegurar la participación de la mujeres y su acceso a los recursos y beneficios del desarrollo, y a que se reconozca y valore su papel en la planificación al desarrollo.
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Objeto, y finalidad.–La presente Orden tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones públicas para posibilitar la ejecución, gestión, apoyo y seguimiento de los proyectos seleccionados por el Ministerio de Igualdad en el marco del Programa de Cooperación Internacional «Mujeres y Desarrollo», relacionados en el anexo VII (Proyectos seleccionados) y que tienen como finalidad potenciar y asegurar la participación de la mujeres y su acceso a los recursos y beneficios del desarrollo, y a que se reconozca y valore su papel en la planificación al desarrollo.
Se abordarán proyectos que tengan en cuenta la promoción de los derechos económicos, sociales, políticos, culturales o civiles de las mujeres, la promoción de los derechos sexuales y reproductivos, la promoción de una cultura de construcción de paz y la lucha contra la violencia de género.
Presentación de solicitudes, plazo, documentación y subsanación de errores. 1. Presentación de solicitudes y plazo.–La solicitud de subvención deberá ser presentada y estar firmada por el/la representante legal de la entidad beneficiaria de la subvención.
La solicitud, dirigida a la Oficina de Relaciones Internacionales del Ministerio de Igualdad, se formalizará en el modelo de instancia que figura en el anexo I de la presente Orden y deberá ser presentada en el Registro del Ministerio de Igualdad (Calle Alcalá, 37) o en cualquiera de los registros y oficinas a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tal y como establece el artículo 5.1 de la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre. Los impresos pueden obtenerse a través de la página web del Ministerio de Igualdad: http://www.migualdad.es
En base a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 5.2 de la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Ministerio de Igualdad, el plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».{del 18 de Septiembre al 7 de Octubre de 2010, a.i.}
Presentación de solicitudes, plazo, documentación y subsanación de errores. 1. Presentación de solicitudes y plazo.–La solicitud de subvención deberá ser presentada y estar firmada por el/la representante legal de la entidad beneficiaria de la subvención.
La solicitud, dirigida a la Oficina de Relaciones Internacionales del Ministerio de Igualdad, se formalizará en el modelo de instancia que figura en el anexo I de la presente Orden y deberá ser presentada en el Registro del Ministerio de Igualdad (Calle Alcalá, 37) o en cualquiera de los registros y oficinas a las que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, tal y como establece el artículo 5.1 de la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre. Los impresos pueden obtenerse a través de la página web del Ministerio de Igualdad: http://www.migualdad.es
En base a lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 5.2 de la Orden IGD/3723/2008, de 10 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones por el Ministerio de Igualdad, el plazo de presentación de las solicitudes será de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el «Boletín Oficial del Estado».{del 18 de Septiembre al 7 de Octubre de 2010, a.i.}
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