sábado, 14 de mayo de 2016

Subvenciones para la elaboración y evaluación de Planes de Igualdad de Género de ámbito municipal, 2016, en Ayuntamientos de la provincia de Alicante. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):305960
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Primero. Beneficiarios: Podrán concurrir a la presente convocatoria los Ayuntamientos de la provincia de Alicante.  Segundo. Objeto: Serán subvencionables los proyectos que tengan como finalidad: 
1.- La elaboración de un plan de igualdad de género, ya sea por vez primera o se trate de un segundo o posterior plan. 
A efectos de esta convocatoria, se entiende por elaboración todos aquellos trabajos destinados a: 
La confección de un diagnóstico previo, incluyendo aquí todo lo relativo a la recogida de información, cumplimentación de encuestas para evaluar la situación de partida en materia de igualdad, análisis de situación y contexto social, formación previa para la elaboración del plan, etc.; La propia redacción del plan; El diseño, impresión y edición del plan.
2.- La evaluación externa del plan de igualdad, ya se trate de una evaluación intermedia como de una evaluación a la finalización de la vigencia del mismo, en el que se detalle el grado de cumplimiento y los resultados según las líneas estratégicas o acciones contempladas.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: 
El plazo de presentación de las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la Convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) {del 14 al 31 de mayo de 2016, a.i.}, por conducto de la Base Nacional de Subvenciones, una vez que se haya presentado ante ésta el texto de la Convocatoria y la información requerida para su publicación. En caso de que el último día del plazo fuese sábado o inhábil, éste se entenderá prorrogado al siguiente día hábil.

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