domingo, 8 de mayo de 2016

subvenciones y ayudas a municipios de la provincia de Alicante para sufragar inversiones financieramente sostenibles. Diputació d'Alacant.

BDNS(Identif.):305248
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
Primero.- Beneficiarios: Municipios y Entidades de ámbito territorial inferior al municipio de la provincia de Alicante.
Segundo.- Objeto:
1.- Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva abierta, para la concesión durante la anualidad 2016 de subvenciones y ayudas a municipios de la provincia de Alicante para sufragar inversiones financieramente sostenibles, previstas en la Disposición Adicional decimosexta del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el marco de las siguientes líneas de actuación:
LINEA A) Carreteras
Inversiones en caminos de titularidad municipal
LINEA B) Ciclo Hídrico
Inversiones en infraestructuras hidráulicas de abastecimiento de agua en baja.
LINEA C) Cooperación
Urbanización de vías públicas
Alcantarillado
Alumbrado público
Parques y jardines
Rehabilitación y reparación de infraestructuras e inmuebles afectos al servicio público
LINEA D) Medio Ambiente
Inversiones en Arbolado
Restauración Forestal
... La realización de estas inversiones financieras sostenibles, será sufragada en su totalidad por la Diputación de Alicante, y se establecen los siguientes presupuestos máximos subvencionables (IVA incluido), en función del número de habitantes de cada municipio (o entidad local menor) según el último censo publicado por el INE:
Municipios de 0 a 500 habitantes hasta un máximo de 90.000 €.
Municipios de 501 a 5.000 habitantes hasta un máximo de 120.000 €.
Municipios de 5.001 a 10.000 habitantes hasta un máximo de 150.000 €.
Municipios de 10.001 a 20.000 habitantes hasta un máximo de 200.000€.
Municipios mayores de 20.000 habitantes hasta un máximo de 240.000 €
Los Ayuntamientos podrán solicitar una o varias actuaciones subvencionables con cargo a las distintas líneas de actuación y tipología relacionadas en la Base Primera.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes: La presente convocatoria tiene carácter de concurrencia competitiva abierta. El plazo para la presentación de solicitudes por parte de las Entidades Locales, comenzará al día siguiente de la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia, y finalizará el día 15 de junio de 2016.

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