Ayuntamiento de Águilas (Murcia). Convocatoria para la selección de un Arquitecto y confección de una bolsa de empleo de Arquitectos , para posibles contrataciones o nombramientos interinos.
Por Resolución de Alcaldía de fecha 6 de abril de 2015 del Ayuntamiento
de Águilas, por la que se convocan pruebas para la selección de un Arquitecto y
confección de una bolsa de empleo de Arquitectos, para posibles contrataciones o
nombramientos interinos, según el caso, para sustituir con carácter provisional a
titulares, o aquellos casos contemplados en el artículo 10.1.b), c) y d) de la Ley
7/2007, de 12 de abril por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado
Público, que por su urgencia sea conveniente para una mayor agilidad y eficacia,
con una vigencia de 36 meses.
Para formar parte en las pruebas de selección, será necesario:
1. Ser español o ciudadano de la Unión Europea, de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 57.1 de la Ley 7/2007 del Estatuto Básico del Empleado
Público.
2. Estar en posesión del Título de Arquitecto o título de Máster Universitario
que habilite para el ejercicio de la profesión regulada de Arquitecto. En caso
de titulaciones obtenidas en otros Estados se deberá estar en posesión de la
documentación oficial correspondiente que acredite su homologación (artículos
56 y 57 de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público).
3. Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas, así
como no padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las
correspondientes funciones. Las personas con discapacidad serán admitidas en
igualdad de condiciones con los demás participantes, sin que se establezcan
exclusiones por limitaciones psíquicas o físicas sino en los casos en que sean
incompatibles con el desempeño de las tareas o funciones a desarrollar. Todo
ello, de conformidad con lo establecido en el Real decreto legislativo 1/13, de
29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de
derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
4. Tener cumplidos dieciséis años y no exceder de la edad de jubilación
forzosa, salvo que por Ley se establezca otra edad máxima para el acceso al
empleo público.
5. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales
o estatutarios de las Comunidades Autónomas, no hallarse en situación de
inhabilitación absoluta, ni hallarse en inhabilitación para el ejercicio de las
funciones propias de la escala, subescala o categoría objeto de la convocatoria
mediante sentencia firme o por haber sido despedido disciplinariamente de
conformidad con lo previsto en el artículo 96.1.b de la Ley 7/2007, de 12 de
Abril, del Estatuto Básico del Empleado Público. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido
a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
6. No estar incurso en causa de incompatibilidad de las establecidas en la
Ley 53/1984, de 26 de Diciembre de incompatibilidades del personal al Servicio
de las Administraciones Públicas.
Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria deberán
presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Águilas, en horario de
atención al público, o por cualquiera de las restantes formas que determina el
artículo 38.4, de la Ley 30/1992, y se dirigirán al Sr. Alcalde Presidente del Excmo.
Ayuntamiento de Águilas, solicitando su admisión a la misma, con manifestación
expresa de que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base
Tercera y aceptan en todos sus términos las presentes Bases. En caso de no
presentar la solicitud en el Registro de Entrada de Documentos del Ayuntamiento
de Águilas, deberá anunciarse la presentación por cualquier otro medio en el
mismo día en que se verifique, mediante remisión vía fax al núm. 968.418837 /
968448546, o bien al correo electrónico personal@ayuntamientodeaguilas.org de
la copia de la instancia presentada. Las solicitudes deberán ajustarse al modelo
oficial que será facilitado por el Ayuntamiento. (Se adjunta como Anexo II modelo
de instancia).
La presentación de instancias deberá efectuarse durante un plazo de VEINTE
(20) días naturales, a contar desde el siguiente al de la publicación, en extracto,
de estas Bases en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.{del 12 de abril al 2* de mayo de 2015, a.i.}
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia