“BASES DE LA CONVOCATORIA DEL PLAN COMPLEMENTARIO AL PROVINCIAL DE AHORRO ENERGÉTICO, ANUALIDAD 2015”
Primera.- Objeto de la convocatoria y plazo presentación solicitudes
El Plan Complementario al Provincial de Ahorro Energético, anualidad 2015
tendrá como objetivo prioritario la financiación de las inversiones necesarias para la
consecución del objetivo de creación de una energía sostenible, reduciendo el
consumo y potenciando el ahorro en la facturación de los municipios, consiguiendo
una mayor eficiencia energética.
En la actualidad, el Pacto de Alcaldes, como instrumento desarrollado por la
Unión Europea para que los Ayuntamientos asuman el compromiso europeo en sus
términos municipales en materia de energía y lucha contra el cambio climático, ha
desarrollado su Plan de Energía Sostenible en donde se establecen los ejes de trabajo
que les permitirá reducir sus consumos en esta materia y conseguir una mayor
eficiencia energética.
El Plan Complementario al Provincial de Ahorro Energético, anualidad 2015,
con una dotación económica inicial de 3.900.000,00€, se pone en conocimiento de los
Ayuntamientos de esta provincia, que podrán formular la pertinente solicitud de
inclusión, en el mencionado Plan, desde la publicación del presente anuncio en el
Boletín Oficial de la provincia y hasta el día 10 de mayo de 2015.
Segunda.- De los beneficiarios.
Para ser beneficiarios del Plan Complementario al Provincial de Ahorro
Energético 2015, los Ayuntamientos deberán reunir los siguientes requisitos:
1.- Estar adherido al Pacto de los Alcaldes y haber sido registrado oficialmente
en la Oficina del Pacto de Alcaldes en Bruselas.
2.- Haber desarrollado el Plan de Acción de Energía Sostenible.
3.- Haber rellenado las fichas resumen del Inventario de Emisiones y del Plan
de Acción de Energía sostenible en la página Web del Pacto de Alcaldes.
4.- Presentación de Estudio energético previo sellado por el Ayuntamiento y
visado por la Agencia Provincial de la Energía de Alicante, con valoración de la
viabilidad de la acción.
5.- Presentación de autorización a favor de la Agencia Provincial de la Energía
de Alicante para que pueda acceder a los datos de consumo energético a través del
comercializador/suministrador para monitorizar y verificar la reducción de consumos
producidos por las actuaciones de mejora de la eficacia energética desarrolladas en
proyecto.
6- Presentación de compromiso municipal de entrega de las copias de las
facturas de los consumos energéticos de las instalaciones que sean objeto de mejora
en la actuación. Estas facturas recogerán los consumos de los últimos 12 meses
anteriores a la fecha de comienzo de las actuaciones.
7.- No hallarse incurso en alguna de las circunstancias que inhabilitan para
obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas señaladas en el artículo
13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
8.- No hallarse incluido en el Plan de Ahorro Energético 2015, aprobado por el
Pleno Provincial en sesión extraordinaria y urgente de fecha 12 de febrero de 2015.
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