martes, 14 de abril de 2015

110 plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, el Reino Unido, la República de Irlanda y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño, para el curso 2015/2016.

1. Objeto y finalidad de la convocatoria 1.1 Objeto.– La presente resolución tiene como objeto hacer pública la convocatoria para la adjudicación, en régimen de concurrencia competitiva, de 110 plazas para la realización de estancias profesionales en centros educativos de Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, Reino Unido, República de Irlanda y Suiza.
1.2 Finalidad.– Este programa tiene como finalidad reforzar el conjunto de acciones destinadas a mejorar la calidad de la formación del profesorado, promover la innovación, adoptar métodos docentes más eficaces y crear comunidades profesionales a escala de la Unión Europea o participar en ellas, así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y favorecer intercambios culturales.
3. Países y distribución de plazas 3.1 Se convocan 110 plazas de estancias profesionales para el curso 2015/2016 en centros educativos de Alemania, Austria, Bélgica, Francia, Italia, el Reino Unido, la República de Irlanda y Suiza.
3.2 Distribución de plazas. Se adjudicarán 40 plazas para Reino Unido y República de Irlanda; 25 plazas para Francia; 16 para Alemania; 10 para Italia; 7 para Austria, 6 para Bélgica y 6 para Suiza. En Francia, Alemania e Italia los centros educativos de acogida son centros de secundaria y formación profesional, al carecer dichos países de convocatoria para centros de educación infantil y primaria para realizar una estancia profesional.
4. Requisitos de los candidatos Los/as docentes interesados/as en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:
4.1 Ser funcionario/a de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
4.2 Estar impartiendo docencia de lengua extranjera o de una disciplina no lingüística en alguna lengua extranjera, en el momento de presentar la solicitud de participación en esta convocatoria.
4.3 Acreditar, al menos, un nivel de competencia lingüística equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCERL) del/ de los idioma/s oficial/es de cada uno de los países elegidos para realizar la estancia, según el anexo I.
4.4 No haber disfrutado de una ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este programa.
4.5 Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación 5.1 Solicitudes.– Los/as funcionarios/as docentes que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y deseen tomar parte en la misma deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la sede electrónica del MECD, dirección https://sede.educacion.gob.es/portada.html , sección «Trámites y Servicios». Las instrucciones para realizar correctamente el proceso de solicitud podrán consultarse igualmente en la sede electrónica del MECD. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá ser firmada por el/la interesado/a con cualquiera de los sistemas de firma electrónica establecidos en el apartado 2 del artículo 13 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los/as ciudadanos/ as a los servicios públicos y enviada por el procedimiento telemático establecido, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de solicitud que deberá ser conservado por el/la solicitante para acreditar, en caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.
5.3 Plazo de presentación.– El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de veinte días naturalescontados desde el día siguiente a la publicación de la presente Resolución.{del 15 de abril al 4 de mayo de 2015, a.i.}

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