martes, 12 de mayo de 2015

1 Conserje Cementerio -interinidad-. AP. Ajuntament de Castalla. (Alcoià-Alacant)

Ajuntament de Castalla. CONTRATACIÓN PERSONAL LABORAL TEMPORAL CONSERJE CEMENTERIO... convocatoria para la provisión temporal, con carácter de interinidad, del PUESTO DE CONSERJE DEL CEMENTERIO, con arreglo a las siguientes “BASES QUE HAN DE REGIR EL PROCESO SELECTIVO PARA CUBRIR, CON CARÁCTER TEMPORAL, EL PUESTO DE CONSERJE DEL CEMENTERIOMUNICIPAL 
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.- La presente convocatoria tiene como objeto la contratación como personal laboral temporal, del puesto de CONSERJE DEL CEMENTERIO, mediante oposición libre, con derecho de su titular a la reserva del puesto de trabajo. 
El puesto de trabajo que se convoca pertenece al personal laboral de este Ayuntamiento, correspondiente al Grupo de Clasificación AP del artículo 77 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, por la que se aprueba el Estatuto Básico del Empleado Público, y demás emolumentos que correspondan, de conformidad con la legislación vigente. 
La modalidad de contratación será el contrato de interinidad regulado en el artículo 4 del Real Decreto 2720/1988, de 18 de diciembre por el que se desarrolla el artículo 15 del Estatuto de los Trabajadores en materia de contratos de duración determinada. La duración del contrato de interinidad será la del tiempo que dure la ausencia del trabajador sustituido con derecho a la reserva del puesto de trabajo. 
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.- I. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos, referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias: 
a) Ser español o nacional de uno de los restantes miembros de la Unión Europea o de aquellos Estados a los que les sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos previstos en la Ley estatal que regule la materia. 
b) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 
c) Estar en posesión del título correspondiente (AP - certificado de escolaridad o cualquier otro título equivalente), o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias. La equivalencia deberá ser reconocida como tal por la Administración competente en cada caso concreto y debidamente acreditada en tal sentido por los aspirantes. 
d) No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones. 
e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.  ...
CUARTA.- SOLICITUDES. Quienes deseen tomar parte en la oposición, lo solicitarán en instancia dirigida al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento. En la misma, deberán manifestar que reúnen todas y cada una de las condiciones o requisitos exigidos en la Base Segunda de la convocatoria, referido todo ello a la fecha de expiración del plazo señalado para la admisión de instancias. 
Las instancias se presentarán dentro del plazo de diez días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia{del 13 al 22 de mayo de 2015, a.i.}, en el Registro General de este Ayuntamiento o en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del procedimiento Administrativo Común. 
Los aspirantes con minusvalías, deberán hacerlo constar en la solicitud, con el fin de hacer las adaptaciones de tiempo y medios necesarios, para garantizar la igualdad de oportunidades con el resto de los aspirantes.

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