1. Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto la concesión de 33 becas de formación destinadas a personas que se encuentren en posesión del título de Graduado, Licenciado, Ingeniero, Ingeniero Técnico + Master Oficial o equivalentes, siempre que hayan terminado sus estudios y obtenido el título con posterioridad al 30 de junio de 2011 y antes del 1 de julio de 2015.
Las titulaciones exigidas, para cada una de las becas convocadas, son las que se señalan en el anexo I de la presente convocatoria.
4. Requisitos de los solicitantes. Podrán ser beneficiarios de las becas previstas en esta Resolución aquellas personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar y no estando inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas, reúnan las siguientes condiciones:
a) Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento de solicitar la beca.
b) Estar en posesión de alguno de los títulos exigidos en el apartado 1 de esta Resolución o acreditar el abono de los derechos para la expedición del título.
c) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento de presentar la solicitud, o acreditarse documentalmente que la homologación se encuentra en tramitación. En este último supuesto, el becario estará obligado a notificar al INTA, con carácter inmediato, la resolución que recaiga en el procedimiento.
Se exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior en el caso de que el solicitante haya sido admitido por una Universidad española para la realización de un master oficial.
d) No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el objeto de la beca.
e) No haber disfrutado con anterioridad de una beca del INTA ni haber tenido relación laboral o administrativa con el Instituto.
f) No encontrarse incurso en alguno de los supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
5. Condiciones de disfrute. a) El desarrollo de las becas tendrá lugar en las dependencias del INTA de Torrejón de Ardoz (Madrid), San Martín de la Vega (Madrid), El Pardo (Madrid), Villafranca del Castillo (Madrid) o Torregorda (Cádiz) con una dedicación acorde con las actividades propuestas en su Plan de Formación. ...
9. Dotación de las becas. La cuantía individual de la beca será de 12.000 euros anuales. ...
10. Duración de las becas
La duración de las becas será de dos años, pudiendo ser prorrogadas, por un año más, siempre que el plan formativo lo contemple y exista disponibilidad presupuestaria.
11. Solicitudes. a) El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a contar desde el siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».{del 28 de mayo al 16 de junio de 2015, a.i.}
b) Las solicitudes se formalizarán en el impreso contenido en el anexo II de la presente convocatoria, estando a disposición de los interesados en la secretaría de la Unidad de Formación del INTA o en la dirección de Internet: http://www.inta.es. y en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa ( https://sede.defensa.gob.es )
c) La cumplimentación y presentación de las solicitudes se realizará preferentemente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa en la dirección http://sede.defensa.gob.es/ acceda/ en el enlace «Procedimientos». También podrán presentarse en el Registro General del INTA sito en Ctra. de Torrejón-Ajalvir Km. 4, 28850-Torrejón de Ardoz (Madrid), ...
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