miércoles, 20 de mayo de 2015

subvenciones para el envío de datos por las empresas turísticas colaboradoras en las operaciones estadísticas (30235 Encuesta de Ocupación Hotelera y 30236 Encuesta de Ocupación en Apartamentos Turísticos). Instituto Nacional de Estadística. INE.

Objeto. La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de subvenciones para la mejora en la obtención de datos en ficheros XML por el INE correspondientes a las operaciones estadísticas 30235 Encuesta de Ocupación Hotelera y 30236 Encuesta de Ocupación en Apartamentos Turísticos, mediante la financiación del coste que para el informante pudiera suponer la mejora del sistema de gestión de clientes, que permita la generación de los mencionados ficheros.
Requisitos para obtener la condición de beneficiarios. 1. Podrán obtener la subvención a que se refiere esta Resolución, las personas físicas, jurídicas y comunidades de bienes que además de reunir los requisitos exigidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de subvenciones, estén incluidas en la muestra de la operaciones estadísticas objeto de la subvención y se comprometan a enviar al INE la información requerida, en formato XML según formato establecido en la siguiente dirección: https://arce.ine.es/ARCE/jsp/encuestaXml.jsp .
2. Estos requisitos se podrán acreditar mediante una declaración responsable. La justificación de que cumplen los requisitos de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la subvención y la acreditación de que cumplen los requisitos para obtener la condición de beneficiarios, se realizará mediante declaración responsable, en aplicación de lo establecido en el artículo 24.4 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la mencionada Ley General de Subvenciones.
Plazos de presentación de las Solicitudes. 1. El plazo de presentación de solicitudes será de 120 días naturales, que comenzará a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 21 de mayo al 17 de septiembre de 2015, a.i.}
4. Las solicitudes, debidamente cumplimentadas, se presentarán en el Registro General del Instituto Nacional de Estadística (calle Estébanez Calderón, número 2, planta baja, 28020 Madrid) o en la forma establecida en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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