Primero. Objeto. Se convoca, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con los principios de objetividad y publicidad, un premio para tesis doctorales cuyo contenido, desde la rama de conocimiento de Ciencias Sociales y Jurídicas, aborde las tendencias de reforma en la Administración pública en cualquiera de los ámbitos propios de dicha rama de conocimiento.
Segundo. Requisitos. 1. Podrán concurrir a la convocatoria de este premio las personas de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea que hayan defendido la tesis doctoral entre el 1 de enero de 2014 y el 30 de junio de 2015 y hayan recibido la mención de cum laude en cualquier universidad española.
2. No podrán obtener la condición de beneficiarios quienes se encuentren incursos en alguna de las causas enumeradas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y, en particular, quienes no estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
3. Las tesis doctorales deberán estar escritas en español y ser inéditas hasta el momento de la publicación del fallo del jurado. Se considerará incumplido este requisito cuando la tesis haya sido reproducida de forma múltiple en cualquier formato de impresión o medio audiovisual, o haya resultado premiada por alguna Administración pública o cualquier entidad de carácter público o privado. Los solicitantes deberán comunicar al INAP la publicación de la tesis o la concesión de un premio tan pronto como tengan conocimiento de ello.
Cuarto. Lugar y plazo de presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes, acompañadas de la documentación correspondiente y dirigidas al Director del INAP, podrán presentarse:
a) De forma electrónica a través de la Sede Electrónica del INAP, disponible en la dirección http://sede.inap.gob.es/, para lo que será necesario disponer del DNI electrónico o cualquier otro certificado electrónico reconocido admitido por las Administraciones públicas. En todo caso, deberá remitirse en papel la documentación a la que se refiere el apartado quinto.b).
b) De forma presencial en el Registro General del INAP, calle Atocha, 106, 28012, Madrid.
c) Dirigidas a dicho Registro General por cualquiera de las vías previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
2. El plazo de presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado» hasta el 10 de julio, ambos inclusive.
3. El INAP facilitará información sobre esta convocatoria en los números de teléfono: 91.273. 92.42 / 92.43, en la dirección de correo electrónico centroestudios@inap.es y a través de su página web y/o Sede Electrónica.
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