AYUNTAMIENTO L´ALFÀS DEL PI. -BASES PRUEBAS SELECTIVAS PROVISIÓN INTERINA PLAZA AGENTE EMPLEO LOCAL GRUPO A2 CONCURSO-OPOSICIÓN. [ Boletín Nº 205 del 28-10-2013
pàgina 11]
... bases de la convocatoria por acuerdo de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión de fecha 15 de octubre de 2013, la misma se publica en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante, en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, y en su página web (www.lalfas.com).
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN INTERINA DE UNA PLAZA DE AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, GRUPO A2, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN.
BASE 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Constituye el objeto de esta convocatoria la provisión interina, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza que a continuación se relaciona: una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local, encuadrada en la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Medio, Grupo A2, del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Funciones: Facilitar la inserción laboral de los demandantes de empleo; acciones de mejora de la empleabilidad de la población desempleada colaborando con las políticas de promoción económica y empleo, comunicando a las empresas las subvenciones para la formación y el empleo, así como facilitar el acceso a las mismas, y todas aquellas tareas encaminadas al fomento de la inserción laboral.
Las presentes Bases específicas, se completarán con establecido en las Bases Generales aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 17 de febrero de 2009, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 49, de fecha 12 de marzo de 2009.
BASE 2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión los requisitos que se indiquen en las Bases específicas de cada convocatoria y los siguientes:
-Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
· Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
· El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
· Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Todos los aspirantes deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
-Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
-Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
-No hallarse separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública o empleo público.
-No hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
-Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos o titulaciones equivalentes: Primer ciclo universitario de sociología, geografía, ingeniero agronomo, ingeniero técnico agrícola, ingeniero técnico industrial.
Todos y cada uno de los requisitos deberán reunirse por los aspirantes con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario interino
BASE 3.- PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y DERECHOS DE EXAMEN. (VÉASE MODELO DE INSTANCIA INCORPORADO COMO ANEXO).
1.- Instancias: Los interesados en tomar parte en estas pruebas de selección de personal deberán solicitarlo mediante instancia (véase modelo), dirigida al Sr. Alcalde-Presidente de esta Corporación, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [butlletí oficial de la província - alacant, 28 octubre 2013 - n.º 205] {del 29 de Octubre al 9 de Noviembre de 2013, a.i.}, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en horario de atención al Público, C/ Federico García Lorca, nº 11, C.P. 03580, l’Alfàs del Pi (Alicante), o bien en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La documentación que deberán aportar los aspirantes para acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria y la relativa a los méritos alegados, se hará mediante original o fotocopia compulsada o cotejada. En caso de que los méritos alegados obren servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, bastará con que hagan constar esta circunstancia y se identifiquen y relacionen con toda claridad estos méritos en las instancias, dentro del plazo señalado.
Los aspirantes deberán presentar dentro del plazo de presentación de instancias, un proyecto de «PLAN ESTRATEGICO PARA MEJORAR LA EMPLEABILIDAD» (el proyecto deberá ajustarse a las características del municipio convocante). Se presentarán dos ejemplares dentro de un sobre cerrado y firmado por el aspirante en el que consten nombre, apellidos y DNI. Dicho sobre sólo podrá ser abierto por al aspirante ante el Tribunal calificador en el momento de la realización del tercer ejercicio de la presente convocatoria.
Dicho proyecto que tendrá que presentarse junto con la instancia y demás documentos requeridos en las bases no será objeto de subsanación, si en el plazo de presentación de instancias no se aporta. La falta de presentación del proyecto por parte del aspirante en dicho plazo improrrogable, supondrá la automática eliminación de éste.
2.- Derechos de examen: Según Base segunda apartado 2 de las Bases generales. El importe correspondiente a los derechos de examen es de 35 €, por tratarse de plazas cuyo grupo es A2, según ...
BASES ESPECÍFICAS QUE REGIRÁN LAS PRUEBAS SELECTIVAS PARA LA PROVISIÓN INTERINA DE UNA PLAZA DE AGENTE DE EMPLEO Y DESARROLLO LOCAL, GRUPO A2, MEDIANTE EL SISTEMA DE CONCURSO-OPOSICIÓN.
BASE 1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA. Constituye el objeto de esta convocatoria la provisión interina, mediante el sistema de concurso-oposición, de una plaza que a continuación se relaciona: una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local, encuadrada en la Escala Administración Especial, Subescala Técnica, Medio, Grupo A2, del artículo 76 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
Funciones: Facilitar la inserción laboral de los demandantes de empleo; acciones de mejora de la empleabilidad de la población desempleada colaborando con las políticas de promoción económica y empleo, comunicando a las empresas las subvenciones para la formación y el empleo, así como facilitar el acceso a las mismas, y todas aquellas tareas encaminadas al fomento de la inserción laboral.
Las presentes Bases específicas, se completarán con establecido en las Bases Generales aprobadas mediante acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de fecha 17 de febrero de 2009, publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Alicante nº 49, de fecha 12 de marzo de 2009.
BASE 2. CONDICIONES DE LOS ASPIRANTES. Para ser admitido a la realización de las pruebas selectivas, los aspirantes deberán reunir en el día de finalización del plazo de presentación de instancias y mantener hasta el momento de la toma de posesión los requisitos que se indiquen en las Bases específicas de cada convocatoria y los siguientes:
-Tener la nacionalidad española. También podrán acceder como personal funcionario en igualdad de condiciones que los españoles a los empleos públicos, con excepción de aquellos que directa o indirectamente impliquen una participación en el ejercicio del poder público o en las funciones que tienen por objeto la salvaguardia de los intereses del Estado o de las Administraciones Públicas.
· Los nacionales de los Estados Miembros de la Unión Europea.
· El cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.
· Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.
Todos los aspirantes deberán acompañar a su solicitud documento que acredite las condiciones que se alegan.
-Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación.
-Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
-No hallarse separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquier Administración Pública o empleo público.
-No hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
-Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos o titulaciones equivalentes: Primer ciclo universitario de sociología, geografía, ingeniero agronomo, ingeniero técnico agrícola, ingeniero técnico industrial.
Todos y cada uno de los requisitos deberán reunirse por los aspirantes con referencia a la fecha de expiración del plazo señalado para la presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido, se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta llegar a la toma de posesión como funcionario interino
BASE 3.- PRESENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES Y DERECHOS DE EXAMEN. (VÉASE MODELO DE INSTANCIA INCORPORADO COMO ANEXO).
1.- Instancias: Los interesados en tomar parte en estas pruebas de selección de personal deberán solicitarlo mediante instancia (véase modelo), dirigida al Sr. Alcalde-Presidente de esta Corporación, en el plazo de diez días hábiles a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en Boletín Oficial de la Provincia de Alicante [butlletí oficial de la província - alacant, 28 octubre 2013 - n.º 205] {del 29 de Octubre al 9 de Noviembre de 2013, a.i.}, y se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en horario de atención al Público, C/ Federico García Lorca, nº 11, C.P. 03580, l’Alfàs del Pi (Alicante), o bien en cualquiera de las formas indicadas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
La documentación que deberán aportar los aspirantes para acreditar que cumplen los requisitos exigidos en la convocatoria y la relativa a los méritos alegados, se hará mediante original o fotocopia compulsada o cotejada. En caso de que los méritos alegados obren servicio de Recursos Humanos del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, bastará con que hagan constar esta circunstancia y se identifiquen y relacionen con toda claridad estos méritos en las instancias, dentro del plazo señalado.
Los aspirantes deberán presentar dentro del plazo de presentación de instancias, un proyecto de «PLAN ESTRATEGICO PARA MEJORAR LA EMPLEABILIDAD» (el proyecto deberá ajustarse a las características del municipio convocante). Se presentarán dos ejemplares dentro de un sobre cerrado y firmado por el aspirante en el que consten nombre, apellidos y DNI. Dicho sobre sólo podrá ser abierto por al aspirante ante el Tribunal calificador en el momento de la realización del tercer ejercicio de la presente convocatoria.
Dicho proyecto que tendrá que presentarse junto con la instancia y demás documentos requeridos en las bases no será objeto de subsanación, si en el plazo de presentación de instancias no se aporta. La falta de presentación del proyecto por parte del aspirante en dicho plazo improrrogable, supondrá la automática eliminación de éste.
2.- Derechos de examen: Según Base segunda apartado 2 de las Bases generales. El importe correspondiente a los derechos de examen es de 35 €, por tratarse de plazas cuyo grupo es A2, según ...
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia