lunes, 28 de octubre de 2013

Ajudes per al control oficial lleter per a l'exercici 2013 a la Comunitat Valenciana. /// Ayudas para el control oficial lechero para el ejercicio 2013 en la Comunitat Valenciana.

RESOLUCIÓN de 8 de octubre de 2013, del conseller de Presidencia y Agricultura, Pesca, Alimentación y Agua, por la que se convocan las ayudas para el control oficial lechero para el ejercicio 2013 en la Comunitat Valenciana. [2013/10116]
Primero. Convocar para el ejercicio 2013, las ayuda que se indica a continuación:
– Control oficial lechero
Orden de 5 de mayo de 2006 de la CAPA, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las hembras de las especies bovina, ovina y caprina (DOGV núm. 5264, de 23.05.2006).
Orden de 10 de julio de 2008, que modifica la Orden de 5 de mayo de 2006, de la Consellería de Agricultura, Pesca y Alimentación, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas al control oficial del rendimiento lechero para la evaluación genética de las hembras de las especies bovina, ovina y caprina, y se convocan las ayudas para 2008 (DOCV núm. 5815, de 28.07.2008).
Segundo. Las ayudas anteriores se concederán con cargo a:
a) la línea T3082 «Millorar las explotaciones ganaderas-MAGRAMA», capítulo IV, del programa 714.80 «Desarrollo y mejora de la ganadería», con la siguiente dotación presupuestaria:
Cuantía global máxima
– Control oficial lechero: 40.000,00 euros, con financiación 100 % MAGRAMA
Tercero. El plazo de presentación de solicitudes para el ejercicio 2013 será de diez días contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente orden en el DOCV. {del 26 de Octubre al de Noviembre de 2013, a.i.}
Cuarto. Las justificación de las inversiones o gastos aprobados ante la administración será:
– Control oficial lechero: finalizará el 30 de octubre de 2013, tal y como establece el artículo único de la Orden de 10 de julio de 2008 que modifica el artículo undécimo de la Orden de 5 de mayo de 2006.
Se considerarán gastos subvencionables aquellas actividades emprendidas o servicios recibidos tras la presentación y aceptación de la solicitud.

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