miércoles, 23 de octubre de 2013

«Premios de Periodismo Joven sobre Violencia de Género» para el año 2013, en las modalidades: a) Periodismo Impreso. b) Periodismo Audiovisual (Radio y Televisión). c) Periodismo Gráfico. d) Periodismo Digital. e) Cortometrajes. f) Publicidad.

Resolución de 8 de octubre de 2013, del Instituto de la Juventud, por la que se convocan los Premios de Periodismo Joven sobre Violencia de Género para el año 2013.
Régimen de la concesión. De acuerdo con lo establecido en las bases reguladoras, recogidas en la Orden SSI/1518/2013, de 2 de agosto, se convocan, en régimen de concurrencia competitiva, los «Premios de Periodismo Joven sobre Violencia de Género» para el año 2013, en las modalidades:
a) Periodismo Impreso.
b) Periodismo Audiovisual (Radio y Televisión).
c) Periodismo Gráfico.
d) Periodismo Digital.
e) Cortometrajes.
f) Publicidad.
Objeto, condiciones y finalidad de la concesión. 1. El objeto de la presente convocatoria es reconocer y recompensar los trabajos que mejor hayan contribuido durante el año 2013 a la defensa y difusión de los valores contra la violencia de género en las modalidades de Periodismo Impreso, Periodismo Audiovisual (Radio y Televisión), Periodismo Gráfico, Periodismo Digital, Cortometrajes y Publicidad, en razón de cada una de las modalidades convocadas:
a) Premio de Periodismo Impreso se concederá al mejor trabajo informativo individual o colectivo publicado en 2013 en diarios o revistas y basado en los criterios de calidad narrativa, esfuerzo investigador y sensibilización y adecuado tratamiento informativo sobre violencia de género.
b) Premio de Periodismo Audiovisual (Radio ó Televisión) se concederá al mejor trabajo individual o colectivo realizado y emitido en 2013 en emisoras de radio y cadenas de televisión, que estén relacionados con la sensibilización y adecuado tratamiento informativo sobre violencia de género.
c) Premio de Periodismo Gráfico se concederá al trabajo fotográfico publicado en el año 2013 en diarios o revistas, que estén relacionados con la sensibilización y adecuado tratamiento informativo sobre violencia de género.
d) Premio de Periodismo Digital se concederá al mejor trabajo periodístico individual o colectivo (página web, blog, red social, edición digital, etc.) publicado en 2013 en Internet, que utilice cualquiera de las posibilidades de expresión que ofrece este soporte y destaque especialmente por el desarrollo de nuevas técnicas narrativas periodísticas y por su sensibilización y adecuado tratamiento informativo sobre violencia de género.
e) Premio de Cortometrajes se concederá al mejor corto difundido en 2013, que destaque por su calidad, notoriedad y capacidad sensibilización y concienciación de la sociedad sobre la violencia de género.
f) Premio de Publicidad se concederá a los trabajos difundidos en 2013, que destaque por la claridad de los mensajes, capacidad de sensibilización, notoriedad, calidad y originalidad del mismo.
2. Para todas las modalidades presentadas, deberá justificarse mediante la correspondiente datación, el haber sido publicado o difundido entre el 1 de enero de 2013 y la fecha de publicación en el BOE de la presente resolución.
Beneficiarios y requisitos para solicitar la participación. 1. Podrán solicitar su participación, de forma individual o colectiva (hasta un máximo de tres componentes) en las modalidades de los premios convocados, las personas físicas de nacionalidad española y todas aquellas con residencia legal en España que no superen los 35 años de edad el día 31 de diciembre de 2013 y que se encuentren en la situación que fundamente la concesión, siempre que cumplan los requisitos establecidos en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
2. La comprobación de la existencia de datos no ajustados a la realidad, en cualquier momento del proceso anterior a la concesión, podrá comportar la denegación del premio, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran incurrir los solicitantes.
Solicitudes y documentación a aportar. 1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Orden SSI 1518/2013, de 2 de agosto, la solicitud se ajustará al modelo del anexo de la presente resolución y que figura en la página web http://www.injuve.es. Se cumplimentarán tantas solicitudes como a modalidades se concurra.
7. Las solicitudes y la documentación preceptiva, se podrá entregar directamente en el Registro General del Instituto de la Juventud (C/José Ortega y Gasset, 71-28006 Madrid) o a través de cualquiera de los Registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre.
8. En el supuesto de no reunir las solicitudes todos y cada uno de los requisitos previstos en la presente convocatoria, se estará a lo dispuesto en el artículo 4.4 de la Orden SSI/ 1518/2013, de 2 de agosto, sobre subsanación de errores.
Plazo de presentación. El plazo de presentación de las solicitudes finalizará transcurridos 20 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 24 de octubre al 16 de noviembre de 2013, a.i.}
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 desde la humilde tarea de divulgación que se realiza desde este blog, gracias por difundir su existencia, y contribuir a la igualdad de oportunidades entre tod@s las personas. (enric doménech)

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