Segunda.- Condiciones de admisión de aspirantes. Para tomar parte en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
1.- Nacionalidad
a) Ser español/a, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril. En este último caso, deberá acreditarse el dominio del idioma castellano escrito y hablado.
b) Ser nacional de los demás estados miembros de la unión Europea o de los Estados incluidos en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos previstos en la legislación.
c) Ser cónyuge de las personas incluidas en los apartados anteriores, siempre que no estén separados de derecho, así como sus descendientes y los de su cónyuge, siempre que no estén separados de derecho, menores de 21 años o mayores de dicha edad dependientes (Art. 57.2 de la Ley 7/2007).
2.- Tener cumplidos dieciséis años de edad, y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa.
3.- Estar en posesión de titulación académica de Licenciado en Derecho o equivalente, o en condiciones de obtenerlo, en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
4.- No padecer enfermedad o defecto físico que le incapacite para el normal desarrollo de las funciones del cargo.
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