viernes, 21 de febrero de 2014

subvenciones para el fomento de la contratación temporal (Bono Empleo Joven) y del contrato en prácticas para jóvenes menores de 30 años. Región de Murcia.

1. Objeto. La presente Orden tiene por objeto el desarrollo y ejecución del Decreto n.º 136/2013, de 22 de noviembre, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito del empleo juvenil, para la contratación por pequeñas y medianas Empresas (PYMES) de la Región de Murcia de jóvenes menores de 30 años titulados universitarios, con FP grado medio y superior o con certificado de profesionalidad, que se encuentren desempleados e inscritos como demandantes de empleo en la correspondiente oficina de empleo, mediante las modalidad de contratación temporal (Subprograma 1) y del contrato en prácticas (Subprograma 2).
3. Requisitos generales para obtener la condición de beneficiario. Será requisito necesario del solicitante para obtener la condición de beneficiario de las subvenciones reguladas en la presente Orden, no encontrarse en ninguno de los supuestos establecidos en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, y en particular, deberá:
a) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
b) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.
Dichos requisitos deberán acreditarse con anterioridad a dictarse la propuesta de resolución de concesión.
4. Procedimiento de concesión de la subvención. 2. Solicitud.
a) Modelo normalizado. La solicitud de subvención se formalizará en el correspondiente modelo único de instancia aprobado al efecto (anexo IV), e irá dirigida al Director General del Servicio Regional de Empleo y Formación, el cual estará a disposición de los interesados en el sitio web www.sefcarm.es.
b) Autorización al SEF. La solicitud contendrá la declaración responsable del solicitante de que cumple todos los requisitos exigidos para ser beneficiario de la subvención, así como la autorización al Servicio Regional de Empleo y Formación para que éste pueda acceder a los datos personales obrantes en las bases de datos de las distintas administraciones u organismos públicos, con el fin de comprobar el cumplimiento tanto de los citados requisitos, como de las condiciones impuestas con motivo de la concesión de la subvención.
En el caso de denegación expresa de la citada autorización, deberán presentarse junto con la solicitud aquellos documentos que acrediten el cumplimiento de dichos requisitos.
c) Lugar de presentación. La solicitud se presentará en el Registro General del SEF, en alguna de las “Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano”, o en cualquiera de los registros u oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ-PAC).

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia