1. Objeto. Se convocan ayudas para la amortización de largometrajes, en sus modalidades general y complementaria, mediante régimen de concurrencia competitiva y, en su caso, con prorrateo.
La presente convocatoria se refiere a las películas estrenadas entre el 1 de octubre de 2011 y el 31 diciembre de 2011, ambas fechas incluidas.
Beneficiarios. Podrán percibir las ayudas objeto de la presente convocatoria las empresas productoras que, cumpliendo los requisitos establecidos en la misma, así como en el artículo 13 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, se encuentren inscritas previamente como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.
Plazo de presentación de solicitudes. El plazo máximo de presentación de solicitudes, conforme a los modelos previstos en los anexos A.I y A.II de la presente resolución, será desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado hasta el 3 de marzo de 2014, incluido.
Secretaría de Estado de Cultura, Plaza del Rey, n.º 1, 28071 Madrid.
3. Solicitudes y documentación. 1. La solicitud y el formulario que forma parte integrante de la misma se presentarán a través de la Sede Electrónica de la Secretaría de Estado de Cultura, conforme a los requisitos que la rigen (https://sede.mcu.gob.es/).
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