lunes, 3 de febrero de 2014

Premios nacionales del concurso escolar Consumópolis9 sobre consumo responsable: Consumir entre pantallas.

1. Objeto. 1. El objeto de esta convocatoria es la concesión de los premios nacionales del Concurso Escolar Consumópolis9 sobre Consumo Responsable: Consumir entre pantallas.
2. Las bases reguladoras de la participación en el concurso y de la convocatoria y concesión de los premios que se otorgan a los ganadores, han sido sometidas a trámite de audiencia de las comunidades autónomas a través de la Comisión de Cooperación de Consumo y aprobadas en su reunión n.º 152 celebrada el 12 de marzo de 2013.
3. Se acompaña como anexo una transcripción literal de las citadas bases.
2. Participantes. 1. Participarán en esta convocatoria los equipos ganadores de los primeros premios autonómicos en las comunidades autónomas de: Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Comunidad de Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, Comunitat Valenciana y Ciudad de Melilla, en los tres niveles de participación.   ...
ANEXO
Bases del concurso escolar 2013-2014: Consumópolis9 sobre consumo responsable: Consumir entre pantallas
Primera. Objeto de las bases. 1. El Instituto Nacional del Consumo y las Comunidades Autónomas de Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Castilla-La Mancha, Comunidad de Castilla y León, Cataluña, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra, País Vasco, Comunitat Valenciana y Ciudad de Melilla, organizan el Concurso Escolar 2013-2014, Consumópolis9, Consumir entre pantallas, dirigido a escolares matriculados en el tercer ciclo de Educación Primaria y en Educación Secundaria Obligatoria.
2. Las presentes bases tienen como objeto regular la participación en el citado concurso y la convocatoria y concesión de los premios.
3. La participación en el concurso se materializará a través de las actividades que deberán desarrollar los concursantes en el portal de Internet Consumópolis, www.consumopolis.es, siguiendo las instrucciones generales de participación que allí se detallan.
Segunda. Participantes. 1. Podrán participar en este concurso, en régimen de concurrencia competitiva,  escolares que estén matriculados en cualquier centro público, concertado o privado del territorio nacional en alguno de los tres niveles señalados en el punto siguiente.
2. Niveles de participación:
•  Nivel 1: Tercer Ciclo de Educación Primaria.
•  Nivel 2: Primer y segundo cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
•  Nivel 3: Tercer y cuarto cursos de Educación Secundaria Obligatoria.
3. La inscripción en el concurso se realizará por equipos de cinco concursantes, matriculados en alguno de los cursos del correspondiente nivel de participación, con la coordinación de un docente que imparta alguna asignatura en esos cursos.
4. En el caso de los Colegios Rurales Agrupados (CRA) que, por sus especiales circunstancias geográficas o demográficas, tengan dificultades para formar los equipos únicamente con alumnado del Tercer Ciclo de Primaria - como se contempla en el punto 3 de la presente Base-, dichos equipos podrán completarse con alumnado de los otros ciclos de Primaria.
5. Cada docente podrá coordinar más de un equipo.
6. Cada concursante solo podrá inscribirse en un equipo.
Tercera. Registro de participantes.1. Los equipos deberán ser inscritos por el docente coordinador directamente en el portal de Internet de Consumópolis, en la dirección www.consumopolis.es, a la que se podrá acceder también a través de la página web del Instituto Nacional del Consumo y de las comunidades autónomas organizadoras del concurso.
10. El periodo de inscripción de los equipos estará comprendido entre el 10 de octubre y el 5 de diciembre de 2013, ambos inclusive ¿*?.
Cuarta. Objeto del concurso.1. El objeto del concurso es reflexionar, de forma consciente, crítica y solidaria, sobre distintos aspectos del Consumo Responsable mediante la realización de las actividades que se proponen en las dos partes de las que consta el concurso para poder optar a la convocatoria autonómica a la que se refieren las bases Quinta y Sexta.
2. Al entrar en la Plataforma Virtual de Educación e Información Consumópolis –www.consumopolis.es –, se deberá seleccionar una de las cinco lenguas oficiales de España: castellano / catalán / gallego / euskera / valenciano, para la formulación de las pruebas pedagógicas y para recibir información e instrucciones.
3. Las instrucciones generales de participación de cada una de las partes del concurso se encuentran en la página principal del Concurso Escolar Consumópolis9 a la que se accede desde el portal de la Plataforma Virtual de Educación e Información Consumópolis.
4. En la primera parte del concurso, los cinco integrantes del equipo deberán completar el recorrido por la ciudad de Consumópolis resolviendo diversas pruebas, de carácter pedagógico y lúdico, que se presentarán a los participantes a lo largo del mismo.
5. Los concursantes podrán completar el recorrido por la ciudad de Consumópolis desde el 24 de octubre de 2013 hasta el 16 de enero de 2014, ambos inclusive.
6. Se considera que un equipo ha finalizado esta primera parte y, por lo tanto, puede continuar con su participación en el concurso y realizar la segunda parte, cuando los cinco miembros del equipo hayan completado el recorrido. Completar el recorrido significa contestar a las 20 preguntas pedagógicas individuales y realizar los 5 juegos. Las 5 preguntas colectivas, llamadas preguntas del Banco de Puntos, son preguntas optativas que sumarán puntos pero no bloquearán el acceso a la segunda parte aunque no se contesten en su totalidad.
7. La segunda parte, con la que se pretende fomentar el trabajo en equipo, consiste en el diseño, elaboración y presentación de un trabajo conjunto que consistirá en la redacción de un consejo o mensaje, de 140 caracteres de extensión, sobre Consumo 
Responsable en relación con el uso de las TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación). Este mensaje, dirigido a jóvenes de la misma edad, irá acompañado de una imagen (dibujo, fotografía, collage, etc.) que apoye el texto y refleje el contenido del mensaje. Las características específicas de dicho trabajo se detallan en las instrucciones generales de participación del concurso.
El trabajo se presentará en formato electrónico y se ubicará en un espacio virtual, asignado previamente en el portal de Consumópolis, al que los concursantes podrán acceder desde el 24 de octubre de 2013 hasta el 27 de febrero de 2014, ambos inclusive, y desde donde se podrá descargar la ficha virtual indispensable para identificar los trabajos.
El trabajo también se deberá enviar en formato original a la comunidad autónoma correspondiente según se detalla en la base Quinta.
8. Solo se reservará un espacio virtual por equipo.
9. Como ayuda para realizar las actividades objeto del concurso, equipos y coordinadores contarán con fichas informativas y pedagógicas, en formato pdf, relacionadas con el Consumo Responsable que estarán localizadas en la página web que sustenta el juego.
10. Igualmente, se aconseja consultar la información contenida en las páginas web del Instituto Nacional del Consumo, de los organismos competentes en Consumo de las comunidades autónomas, de los ayuntamientos y de las asociaciones de consumidores.
Quinta. Convocatorias de los premios.
I. Convocatoria autonómica. 1. Solo podrán presentarse a la convocatoria autonómica del concurso los equipos de los centros educativos de las comunidades autónomas que organizan el concurso y que reúnan los requisitos que se detallan a continuación:
– Estar inscrito en tiempo y forma en el registro de participantes detallado en la base tercera.
– Haber completado, todos los integrantes del equipo, el recorrido por la ciudad de Consumópolis, en la forma que se detalla en las instrucciones generales de participación.
– Remitir, en tiempo y forma, a los organismos competentes en Consumo de las comunidades autónomas, la solicitud para participar en la convocatoria autonómica, en el modelo que se determine, acompañada de la ficha virtual y el original del trabajo en equipo tal y como se detalla en el documento de instrucciones generales de participación.
2. Los equipos deberán presentar esta solicitud en el organismo competente en Consumo de su comunidad autónoma, a través de su Registro, o bien en cualquiera de los Registros y oficinas previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. Las direcciones postales y datos de contacto de los organismos competentes en Consumo de las comunidades autónomas que participan en la presente edición del concurso, se encuentran en la página principal del Concurso Escolar Consumópolis.
4. El plazo de presentación de las solicitudes vendrá determinado para cada comunidad autónoma en la correspondiente convocatoria autonómica, en cualquier caso, con el tiempo suficiente para cumplir los plazos previstos en el punto 5.–del apartado II. Convocatoria nacional.
5. Las comunidades autónomas organizadoras del concurso tramitarán en su ámbito competencial la convocatoria y concesión, en su caso, de los premios autonómicos. En el caso de que no se publique dicha convocatoria, regirán las presentes bases reguladoras.
6. En cada comunidad autónoma organizadora del concurso escolar, se constituirá un Jurado que valorará la participación en el concurso de los equipos que hayan solicitado optar a la convocatoria autonómica y que reúnan los requisitos establecidos en el punto 1 de este apartado, para determinar los ganadores en la comunidad autónoma, que participarán en la convocatoria nacional.
7. El funcionamiento de los Jurados se regulará por las normas contenidas en el Capítulo II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
II. Convocatoria nacional.
1. Participarán en esta convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, los equipos ganadores de la convocatoria autonómica del concurso en las comunidades autónomas organizadoras del concurso, en cada uno de los niveles de participación, junto con los equipos designados en la forma prevista en el punto 3 de este apartado, de entre los equipos solicitantes del ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Cantabria y de la Ciudad de Ceuta como territorios no organizadores del concurso.

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