Resolución de 25 de abril de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan ayudas destinadas a alumnos de sexto curso de Educación Primaria y segundo curso de Educación Secundaria Obligatoria para el desarrollo de un Programa de «Inmersión Lingüística» durante el otoño de 2014.
1. Objeto de la convocatoria. 1. Se convocan, para su concesión en régimen de concurrencia competitiva, 106 ayudas para grupos de alumnos de 6.º curso de Educación Primaria y 104 ayudas para grupos de alumnos de 2.º ESO, con el fin de participar en un programa de inmersión en lengua inglesa.
2. Los alumnos deben estar matriculados en centros sostenidos con fondos públicos, y viajarán acompañados por dos profesores: Su profesor de inglés y otro profesor del centro con un conocimiento de la lengua inglesa adecuado para participar en un programa de inmersión en esta lengua. Ambos profesores se responsabilizarán, a todos los efectos, de la adecuada participación del grupo en la actividad.
3. El centro formará un grupo de entre 20 y 25 alumnos de 6.º curso de Educación Primaria o de 2.º curso de ESO en cada caso, atendiendo a los criterios que considere oportunos. Excepcionalmente, en centros de una sola línea o de ámbito rural, el grupo podrá completarse con alumnos del mismo nivel educativo de otro centro o de 5.º curso de Educación Primaria o 1.er curso de ESO del propio centro, según el caso. Asimismo, en ese mismo tipo de centros, se podrían adoptar medidas excepcionales para evitar que un único alumno quedase sin participar en la actividad.
4. Debido al calendario de esta convocatoria, la asistencia a la actividad se produce, de ser seleccionados, en el primer trimestre del curso académico 2014-2015. En el supuesto de que el responsable del proyecto presentado no pudiera asistir al programa (por traslado, cambios en la asignación de grupos u otros motivos), el centro educativo deberá nombrar a otra persona que lo asuma en las mismas condiciones.
5. La cuantía de las ayudas (hasta 8.126,00 € por centro, lo que supone un total de hasta 1.706.460,00 €) se abonará directamente a las empresas que resulten adjudicatarias de la licitación convocada al efecto y serán financiadas por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ... Dichas ayudas cubren todos los gastos relacionados con la actividad desarrollada en el centro de inmersión.
6. Los gastos derivados del transporte entre el centro educativo y los centros de inmersión no están incluidos en esta ayuda. En el ámbito de su competencia, el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte aportará una ayuda complementaria para este fin de hasta 3.506,25 euros a los centros de Ceuta y Melilla que resulten adjudicatarios, lo que supone un total de 56.100,00 €). ...
7. La distribución territorial de las ayudas se hará conforme a lo dispuesto en los anexos I y II de esta convocatoria.
8. La actividad se llevará a cabo en fechas comprendidas entre los meses de septiembre a noviembre de 2014 y se realizará, en régimen de internado, en períodos semanales, de domingo por la tarde a sábado por la mañana, de acuerdo con el siguiente calendario:
– Primer turno: Del 28 septiembre al 4 de octubre.
– Segundo turno: Del 5 al 11 de octubre.
– Tercer turno: Del 12 al 18 de octubre.
– Cuarto turno: Del 19 al 25 de octubre.
– Quinto turno: Del 26 de octubre al 1 de noviembre.
– Sexto turno: Del 2 al 8 de noviembre.
– Séptimo turno: Del 9 al 15 de noviembre.
9. Las actividades pedagógicas para el aprendizaje de la lengua inglesa se llevarán a cabo de acuerdo con lo especificado en el anexo III.
2. Presentación y tramitación de las solicitudes. 1. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por internet en la dirección http://www.mecd.gob.es/ portada-mecd/ a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, apartado «Trámites y Servicios». Una vez cumplimentada, la solicitud se presentará por el procedimiento telemático establecido a través de la Sede electrónica dentro del plazo que se fija en el apartado 5 del presente artículo. En el caso de que la entidad solicitante posea un CIF compartido con otras entidades, empleará el usuario creado con el identificador único de la entidad. Dentro del mismo plazo deberá presentarse la documentación descrita en el apartado 4 del presente apartado.
2. Asimismo, podrá presentarse en las formas establecidas en el artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Para ello, se presentará el documento generado desde la sede electrónica (con el número de solicitud y el resumen digital que garantiza su integridad), sin enmiendas ni correcciones y firmado por el Director del Centro, en los siguientes registros, según el caso:
– Centros educativos de Ceuta y Melilla: En el registro de las Direcciones Provinciales de Educación.
– Centros dependientes de las Comunidades Autónomas: En sus respectivas Consejerías de Educación o en las Unidades provinciales o territoriales correspondientes.
– En cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
3. El Ministerio de Educación, Cultura y Deporte podrá solicitar, en cualquier momento, los documentos originales sobre los que se generaron los archivos electrónicos incorporados a la solicitud, para contrastar su validez y concordancia. Asimismo, se reserva el derecho de actuar legalmente contra aquellos que modificaran o alteraran aquellos documentos originales.
4. La documentación precisa para participar en esta convocatoria, que deberá adjuntarse en la solicitud en formato electrónico, consiste en:
– Proyecto de participación elaborado por los profesores acompañantes del grupo, de acuerdo con las orientaciones del anexo IV.
– Impreso oficial de la solicitud obtenido a través de la cumplimentación de la solicitud en la sede electrónica del Ministerio, que, si no se completa el proceso telemáticamente, deberá presentarse en un registro presencial (artículo 2.2).
5. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del siguiente al de la publicación en el «Boletín Oficial del Estado».{del 20 de mayo al 5 de junio de 2014, a.i.}
6. La Dirección del Centro recabará y custodiará la autorización del padre, madre o tutor del alumnado participante. (Modelo anexo V).
7. Para obtener información sobre el estado de tramitación del procedimiento los interesados podrán consultar la página web indicada en el apartado 1 del presente artículo.
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