martes, 20 de mayo de 2014

SUBVENCIONES AYUNTAMIENTOS ACTIVIDADES JUVENTUD 2014. Diputación de Alicante.

CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES A AYUNTAMIENTOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE PARA ACTIVIDADES EN MATERIA DE  JUVENTUD. ANUALIDAD 2014, de conformidad con las siguientes:
“BASES
PRIMERA.­ OBJETO. Es objeto de las presentes Bases regular la concesión de subvenciones, a través  del  procedimiento  ordinario  en  régimen  de  concurrencia  competitiva,  destinadas  a  los Ayuntamientos de la Provincia de Alicante, para coadyuvar a los gastos derivados de la gestión, organización  y  realización  de  proyectos,  programas  y/o  actividades  en  materia  de  Juventud,  a ejecutar desde el 1 de noviembre de 2013 hasta el 31 de octubre de 2014.
TERCERA.­  REQUISITOS  DE  LAS  ENTIDADES  LOCALES  BENEFICIARIAS.  Podrán concurrir  a  la  presente  convocatoria  aquellos  Ayuntamientos  que  pertenezcan  a  la  provincia  de Alicante.
CUARTA.­ PROGRAMAS OBJETO DE  SUBVENCIÓN.  Serán  objeto  de subvención  de  la presente convocatoria, todos aquellos programas que vayan dirigidos exclusivamente a la juventud destinados a fomentar el ocio alternativo y tiempo libre entre la población joven.
SEXTA.­  PRESENTACIÓN  DE SOLICITUDES  Y DOCUMENTACIÓN.  Las Entidades Locales  interesadas  podrán  formalizar  sus peticiones,  mediante  presentación  de una única solicitud, conforme al modelo que figura en el Anexo I, en el Registro General de la Diputación Provincial,  sito  en  la  C/  Tucumán  8,  03005  de  Alicante,  o  bien,  en  cualquiera  de  los  lugares previstos  en  el  apartado  4  del  artículo  38  de la Ley  30/1992,  de  26  de  noviembre,  de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJ­PAC).
El Modelo de solicitud­ Anexo I, incluirá declaraciones responsables del Alcalde/Presidente de la Entidad Local, acreditativas de que la misma.
SÉPTIMA.­  PLAZO  DE  PRESENTACIÓN.  El  plazo  de  presentación  de  las solicitudes y demás documentación será de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de las presentes bases en el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.). En caso de que el último día del  plazo fuese sábado  o inhábil,  éste se  entenderá  prorrogado  al siguiente  día  hábil.{del  21  de mayo al 6 de junio de 2014, a.i.}

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