miércoles, 21 de mayo de 2014

subvenciones a municipios de la provincia de Alicante de población inferior a 20.000 habitantes, con gestión directa del servicio de aguas, para la ejecución de instalaciones de desinfección automática del agua potable, a ejecutar por la Diputación de Alicante.

PRIMERO.- Aprobar la Convocatoria para la concesión en el ejercicio 2014 de subvenciones a favor de municipios de la provincia de Alicante de población inferior a 20.000 habitantes, con gestión directa del servicio de aguas, para la ejecución de instalaciones de desinfección automática del agua potable, a ejecutar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante. 
SEGUNDO.- Aprobar las Bases y sus anexos por las que se regirá la Convocatoria de referencia que serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia y en el Tablón de Edictos de la Excma. Diputación Provincial de Alicante, cuyo tenor literal es el siguiente: 
“BASES DE LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN EN EL EJERCICIO 2014 DE SUBVENCIONES A FAVOR DE MUNICIPIOS DE LA PROVINCIA DE ALICANTE DE POBLACIÓN INFERIOR A 20.000 HABITANTESCON GESTIÓN DIRECTA DEL SERVICIO DE AGUAS, PARA LA EJECUCIÓN DE INSTALACIONES DE DESINFECCIÓN AUTOMÁTICA DEL AGUA POTABLE, A EJECUTAR POR LA EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ALICANTE 
Primera.- Actividad objeto de la subvención.  Las presentes Bases tienen por objeto regular el procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva abierta, para la concesión durante el año 2014, de subvenciones para la implantación de instalaciones de desinfección automática de agua potable, a ejecutar por la Excma. Diputación Provincial de Alicante en el ejercicio de las competencias que le confieren los artículos 31 y 36 en relación con los artículos 25 y 26 todos ellos de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, debiendo cumplir dichas inversiones los requisitos para ser consideradas financieramente sostenibles que se establecen en la disposición adicional decimosexta al Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. 
Por tanto, las solicitudes deben ir orientadas a la implantación de sistemas de desinfección automática del agua en los abastecimientos de competencia municipal, lo que puede incluir el suministro de energía, instalación de valvulería o caseta contenedora de desinfectante para tal fin, quedando excluidas de la convocatoria las inversiones que tengan una vida útil inferior a cinco años. 
Se estima que el incremento del gasto de mantenimiento del sistema de dosificación automática, que deberá ser evaluado en la memoria económica presentada por los interesados (letra c) de la Base Sexta), respecto al existente actualmente será nulo, ya que los gastos asociados a la cloración manual pueden equipararse, si no ser superiores, a los de la cloración automática a implantar. 
 La actividad objeto de la subvención se refiere al primer establecimiento, reforma, gran reparación, y al equipamiento tecnológico, de infraestructuras hidráulicas de abastecimiento de competencia local. 
Segunda.- Plazo de la convocatoria. La presente convocatoria tiene carácter abierto. El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de sus Bases en el Boletín Oficial de la Provincia y se extenderá hasta el 30 de junio de 2014.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia