Publicar el procedimiento de selección de trabajadores y el plazo de presentación de solicitudes de participación en la convocatoria del Programa de fomento de empleo rural relativo a los “Consejos Comarcales de Empleo” para 2014.
Primero.- Requisitos de acceso al programa.Los trabajadores que deseen participar en el programa de fomento de empleo rural “Consejos Comarcales de Empleo” deberán solicitar su participación en el programa que vaya a realizar el Ayuntamiento correspondiente a su municipio de residencia (cualquiera de los incluidos en el Anexo III), mediante la presentación de la correspondiente solicitud en la forma y en el plazo establecidos más adelante, y cumplir simultáneamente los siguientes requisitos:
1. A la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la Región de Murcia de la presente Resolución:
a) Estar empadronado en el municipio para el que solicita su participación desde al menos un mes antes a la citada fecha, y mantener dicha condición tanto en el momento de la solicitud, como en el de la contratación.
b) Haber cotizado como trabajador por cuenta ajena un mínimo de 540 días en el Régimen Especial Agrario de la Seguridad Social y/o en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social.
c) Encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:
· Estar en alta como trabajador por cuenta ajena en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social (códigos de régimen 0161 y 0163).
· Ser perceptor de prestación contributiva por desempleo, subsidio por desempleo, renta activa de inserción o ayuda económica de acompañamiento del programa de recualificación profesional de personas que hayan agotado su prestación por desempleo (PREPARA).
· Encontrarse en el mes de espera previo a la solicitud de subsidio por desempleo por el agotamiento de la prestación contributiva a que hace referencia el artículo 215.1.1 de la Ley General de la Seguridad Social (RD Legislativo 1/1994 de 20 de junio).
· Haber cotizado al menos un día en el Sistema Especial para Trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios del Régimen General de la Seguridad Social desde el 1 de enero de 2014 (códigos de régimen 0161 y 0163).
· Estar participando como trabajador en activo en alguna de las obras incluidas en la convocatoria del año anterior del programa de fomento de empleo rural “Consejos Comarcales de Empleo.”
2. En el período de tiempo comprendido entre la presentación por el Ayuntamiento de la correspondiente oferta en la Oficina de Empleo del SEF y su efectiva incorporación al proyecto, estar desempleados e inscritos en la correspondiente Oficina de Empleo del SEF y demandar empleo en el sector agrario. No será por tanto necesario que el interesado figure inscrito como desempleado en el momento de la solicitud.
Tercero.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
a) Las solicitudes dirigidas al Director General del SEF se cumplimentarán en el modelo recogido en el Anexo I (adjuntando el Anexo II, en su caso, si se desea hacer constar las cargas familiares), y se presentarán en los registros de las Oficinas de Empleo del SEF, de las Oficinas Corporativas de Atención al Ciudadano de carácter general con funciones de registro o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El modelo de solicitud podrá obtenerse en cualquiera de las Oficinas de Empleo del SEF o descargarse por Internet desde el portal de empleo del SEF, en la siguiente dirección “www.sefcarm.es/consejoscomarcales”.
Sólo se admitirá la presentación de una solicitud por trabajador.
b) El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales, contados desde el día siguiente al de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Región de Murcia.{del 29 de mayo al 17 de junio de 2014, a.i.}
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