Conselleria de Governació . ORDRE de 5 de març de 2009, de la Conselleria de Governació, per la qual es convoquen i regulen les ajudes destinades a associacions, fundacions i altres entitats i organitzacions sense ànim de lucre de la Comunitat Valenciana per a la realització d’actuacions relacionades amb el desenrotllament de l’Estatut d’Autonomia i la promoció de l’autogovern durant l’exercici 2009. [2009/3345]
Conselleria de Gobernación . ORDEN de 5 de marzo de 2009, de la Conselleria de Gobernación, por la que se convocan y regulan las ayudas destinadas a asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo del Estatut d’Autonomia y la promoción del autogobierno durante el ejercicio 2009. [2009/3345]
Objeto de la subvención.- La presente convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, tiene como objeto la concesión de ayudas a asociaciones, fundaciones y otras entidades y organizaciones sin ánimo de lucro de la Comunitat Valenciana para la realización de actuaciones relacionadas con el desarrollo del Estatut d’Autonomia y la promoción del autogobierno durante el ejercicio 2009.
Actuaciones subvencionables.- Las actuaciones que se podrán subvencionar son las siguientes:
a) Elaboración y ejecución de proyectos, iniciativas, actividades culturales y lúdicas y cualesquiera otras actuaciones destinadas a la promoción, conocimiento y divulgación del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, o que estuvieran relacionados con el desarrollo estatutario y la promoción del autogobierno; aquellos que tuvieran por objeto la divulgación del Derecho Foral Civil Valenciano, o como finalidad la revalorización y difusión de las señas de identidad y de los valores e intereses del pueblo valenciano y el respeto a su diversidad cultural; y la promoción y gestión de la formación ciudadana en los valores, el patrimonio histórico y cultural y las tradiciones e instituciones propias de la Comunitat Valenciana.
b) La organización de congresos, jornadas, encuentros, conferencias, charlas o mesas redondas relacionados con las actuaciones descritas en el anterior apartado a).
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas actividades que estén relacionadas con la impartición de cursos de valenciano en cualquiera de sus niveles y sean cuales sean sus destinatarios.
c) La edición de publicaciones relacionadas con las actuaciones descritas en los anteriores apartados a) y b).
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 27 de marça al 27 d'abril, a.i.]
Actuaciones subvencionables.- Las actuaciones que se podrán subvencionar son las siguientes:
a) Elaboración y ejecución de proyectos, iniciativas, actividades culturales y lúdicas y cualesquiera otras actuaciones destinadas a la promoción, conocimiento y divulgación del Estatut d’Autonomia de la Comunitat Valenciana, o que estuvieran relacionados con el desarrollo estatutario y la promoción del autogobierno; aquellos que tuvieran por objeto la divulgación del Derecho Foral Civil Valenciano, o como finalidad la revalorización y difusión de las señas de identidad y de los valores e intereses del pueblo valenciano y el respeto a su diversidad cultural; y la promoción y gestión de la formación ciudadana en los valores, el patrimonio histórico y cultural y las tradiciones e instituciones propias de la Comunitat Valenciana.
b) La organización de congresos, jornadas, encuentros, conferencias, charlas o mesas redondas relacionados con las actuaciones descritas en el anterior apartado a).
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria aquellas actividades que estén relacionadas con la impartición de cursos de valenciano en cualquiera de sus niveles y sean cuales sean sus destinatarios.
c) La edición de publicaciones relacionadas con las actuaciones descritas en los anteriores apartados a) y b).
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 27 de marça al 27 d'abril, a.i.]
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