martes, 17 de marzo de 2009

Ayudas destinadas a la creación, modernización o adaptacion de productos de turismo activo y de naturaleza ligados al turismo de interior para el 2009

Conselleria de Turisme
ORDE de 23 de febrer de 2009 de la Conselleria de Turisme, per la qual es regulen i convoquen les ajudes destinades a la creació, modernització o adaptació de productes de turisme actiu i de naturalesa lligats al turisme d’interior per a l’exercici 2009 en el marc del Pla de Competitivitat del Sector Turístic 2009-2011. [2009/2767]
Conselleria de Turismo
ORDEN de 23 de febrero de 2009 de la Conselleria de Turismo, por la que se regulan y convocan las ayudas destinadas a la creación, modernización o adaptacion de productos de turismo activo y de naturaleza ligados al turismo de interior para el ejercicio 2009 en el marco del Plan de Competitividad del Sector Turístico 2009-2011. [2009/2767]
Objeto : El objeto de las ayudas reguladas en la presente orden consiste en la modernización de las empresas de turismo de interior mediante el apoyo a la creación, mejora o adaptación de productos de turismo activo y de naturaleza ligados al turismo rural o de interior, nueva tendencia que se manifiesta en el mercado turístico, y que contribuye a diversificar la oferta turística valenciana y a mejorar su competitividad y su posicionamiento en el mercado.
Se entiende por turismo activo y de naturaleza, a efectos de esta orden, aquel que tiene como principal motivación la realización de actividades recreativas y de esparcimiento, la interpretación y conocimiento de la naturaleza y la práctica de actividades deportivas de diferente intensidad física y riesgo que usen expresamente el medio natural de forma específica, garantizando la seguridad del turista, sin degradar o agotar los recursos.
Las actuaciones subvencionables serán las siguientes:
• Inversiones en activos fijos nuevos directamente relacionados con la realización de las actividades, tales como materiales y equipamientos precisos para el desarrollo de la actividad, elementos de transporte y comunicaciones (excluidos teléfonos móviles), elementos de seguridad e instrumentos técnicos específicos.
• Inversiones en obras, siempre que se trate de trabajos estrictamente ligados a la realización de actividades específicas, tales como adecuación de terrenos para la práctica del paint ball, circuitos de aventura, tiro con arco u otros de naturaleza similar.
• Gastos de creación, ampliación y mejora de páginas web, incluyendo los gastos de desarrollo de aplicaciones informáticas, de adquisición de dominios en Internet y cualesquiera otros que tengan carácter de inversión.
Por su parte, no podrán ser objeto de subvención las siguientes actuaciones:
• La adquisición de mobiliario o equipos informáticos, la remodelación o adecuación de locales y en general cualesquiera inversiones que no estén directamente ligadas a la realización de la actividad.
• En el caso de páginas web, no serán subvencionables los gastos de mantenimiento, alquiler y en general todos aquellos que no tengan el carácter de inversión.
• Los activos que se adquieran en régimen de arrendamiento financiero (leasing).

Beneficiarios: Podrán solicitar estas ayudas las empresas que desarrollen actividades de turismo activo y de naturaleza en las zonas interiores de la Comunidad Valenciana y que realicen inversiones en los activos fijos nuevos relacionados en el artículo anterior. Para ser beneficiarias, dichas empresas deberán constar inscritas en el Registro General de Empresas, Establecimientos y Profesiones Turísticas de la Comunidad Valenciana como empresa turística de servicios complementarios, salvo que ya figuren inscritas en dicho registro en alguna otra de sus modalidades.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales contados a partir del siguiente a la publicación de la presente orden en el . [del 18 de març al 6 d'abril]

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