Conselleria de Cultura i Esport . ORDE de 6 de març de 2009, de la Conselleria de Cultura i Esport, per la qual es convoca un concurs públic per a la concessió d’ajudes a les galeries d’art valencianes per a participar en fires d’art nacionals i internacionals. [2009/3309]
Conselleria de Cultura y Deporte . ORDEN de 6 de marzo de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas a las galerías de arte valencianas para su participación en ferias de arte nacionales e internacionales. [2009/3309]
Conselleria de Cultura y Deporte . ORDEN de 6 de marzo de 2009, de la Conselleria de Cultura y Deporte, por la que se convoca concurso público para la concesión de ayudas a las galerías de arte valencianas para su participación en ferias de arte nacionales e internacionales. [2009/3309]
Objeto.- Es objeto de la presente convocatoria la concesión de ayudas a las galerías de arte domiciliadas en la Comunidad Valenciana para su participación en ferias de arte nacionales e internacionales.
Beneficiarios y requisitos.- Dentro de los límites presupuestarios y de acuerdo con las condiciones y criterios que establecen las presentes bases, podrán ser beneficiarios de las ayudas convocadas por la presente orden las personas físicas o jurídicas de carácter privado titulares de galerías de arte que participen en ferias de arte nacionales e internacionales en el ejercicio 2009, que estén ubicadas en el ámbito territorial de la Comunidad Valenciana .
Conceptos subvencionables: a) Los gastos que se deriven de la contratación de suelo en aquellas ferias en las que este concepto tenga carácter obligatorio.
b) Los gastos derivados de las acreditaciones y derechos de inscripción, en su caso.
c) Los gastos correspondientes al diseño, montaje y desmontaje del stand y elaboración de material publicitario y material promocional en relación con la presencia de la galería en la feria de que se trate.
d) Servicios para la gestión del stand: seguros, consumo de energía eléctrica, inserción de datos o publicidad en catálogo, limpieza del stand y azafatas y el transporte de la carga.
e) Gastos de desplazamiento y estancia en el lugar de celebración de la feria correspondiente para dos personas durante las fechas de celebración de la misma (quedando expresamente excluidos los gastos de taxi, los peajes y los de aparcamiento).
Cuantía de la ayuda.-1. En el caso de asistencia y participación en ferias nacionales, la subvención será del 55% de los gastos que se puedan originar por los conceptos reflejados en la base quinta, no superando en cualquier caso la citada ayuda la cantidad de 12.000 euros, salvo lo dispuesto en la base octava punto 6.
2. En el caso de asistencia y participación en ferias internacionales la subvención será del 65% de los gastos que se puedan originar por los conceptos reflejados en la base quinta, no superando en cualquier caso la citada ayuda la cantidad de 12.000 euros, salvo lo dispuesto en la base octava punto 6.
3. Por lo que se refiere al gasto de estancia señalado en el apartado e) de la base quinta, sólo serán computables 130 € como máximo por persona y noche en ferias internacionales y 100 € en ferias nacionales.
Presentación de solicitudes.- Cada galería de arte podrá presentar solicitud de subvención para un máximo de dos ferias internacionales y tres nacionales. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 26 de març al 25 d'abril, a.i.]
b) Los gastos derivados de las acreditaciones y derechos de inscripción, en su caso.
c) Los gastos correspondientes al diseño, montaje y desmontaje del stand y elaboración de material publicitario y material promocional en relación con la presencia de la galería en la feria de que se trate.
d) Servicios para la gestión del stand: seguros, consumo de energía eléctrica, inserción de datos o publicidad en catálogo, limpieza del stand y azafatas y el transporte de la carga.
e) Gastos de desplazamiento y estancia en el lugar de celebración de la feria correspondiente para dos personas durante las fechas de celebración de la misma (quedando expresamente excluidos los gastos de taxi, los peajes y los de aparcamiento).
Cuantía de la ayuda.-1. En el caso de asistencia y participación en ferias nacionales, la subvención será del 55% de los gastos que se puedan originar por los conceptos reflejados en la base quinta, no superando en cualquier caso la citada ayuda la cantidad de 12.000 euros, salvo lo dispuesto en la base octava punto 6.
2. En el caso de asistencia y participación en ferias internacionales la subvención será del 65% de los gastos que se puedan originar por los conceptos reflejados en la base quinta, no superando en cualquier caso la citada ayuda la cantidad de 12.000 euros, salvo lo dispuesto en la base octava punto 6.
3. Por lo que se refiere al gasto de estancia señalado en el apartado e) de la base quinta, sólo serán computables 130 € como máximo por persona y noche en ferias internacionales y 100 € en ferias nacionales.
Presentación de solicitudes.- Cada galería de arte podrá presentar solicitud de subvención para un máximo de dos ferias internacionales y tres nacionales. El plazo de presentación de las solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana.[del 26 de març al 25 d'abril, a.i.]
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