MINISTERIO DE CULTURA . Resolución de 4 de marzo de 2009, de la Dirección General del Libro, Archivos y Bibliotecas, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de la edición de libros españoles escritos en lengua castellana y en lenguas cooficiales distintas a la castellana para las bibliotecas públicas, correspondientes al año 2009.
Objeto y finalidad.–Se convoca para el año 2009 la concesión de subvenciones, de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS), en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de edición, de libros de nuestra cultura, en lengua castellana o en cualquier otra lengua cooficial española distinta de la castellana, de proyección nacional e internacional, que contribuyan al enriquecimiento de nuestro patrimonio bibliográfico común, con la doble finalidad de ampliar los fondos de las Bibliotecas Públicas de España y además fomentar y favorecer la comunicación y cohesión cultural entre las Comunidades Autónomas, creando un fondo bibliográfico común en todas las bibliotecas públicas. Dichas obras podrán ser editadas en soportes tradicionales o en los nuevos soportes que permite la tecnología actual.
El objeto de estas subvenciones será la edición de:
a) Obras de referencia y consulta-enciclopedias, diccionarios, historias, bibliografías- de cualquiera de las siguientes materias: ciencias sociales, filosofía y teología, ciencias puras y aplicadas, literatura y lingüística, historia, arte y geografía.
b) Obras literarias de autores preferentemente españoles, iberoamericanos y clásicos.
c) Obras de Humanidades: Historia, bellas artes, geografía, filosofía, pensamiento y etnografía.
d) Obras de literatura infantil y juvenil, de autores preferentemente españoles.
En esta convocatoria del año 2009, se tendrá atención preferente a aquellos proyectos relacionados con los aniversarios y efemérides de autores, obras y sucesos históricos que se conmemorarán en los años 2009 y 2010.
El objeto de estas subvenciones será la edición de:
a) Obras de referencia y consulta-enciclopedias, diccionarios, historias, bibliografías- de cualquiera de las siguientes materias: ciencias sociales, filosofía y teología, ciencias puras y aplicadas, literatura y lingüística, historia, arte y geografía.
b) Obras literarias de autores preferentemente españoles, iberoamericanos y clásicos.
c) Obras de Humanidades: Historia, bellas artes, geografía, filosofía, pensamiento y etnografía.
d) Obras de literatura infantil y juvenil, de autores preferentemente españoles.
En esta convocatoria del año 2009, se tendrá atención preferente a aquellos proyectos relacionados con los aniversarios y efemérides de autores, obras y sucesos históricos que se conmemorarán en los años 2009 y 2010.
Beneficiarios.- Podrán solicitar estas subvenciones las Empresas mercantiles del sector editorial, ya sean personas físicas o jurídicas, de nacionalidad española, o de otros Estados miembros de la Unión Europea o asociados al Espacio Económico Europeo, siempre que, estando legalmente constituidas, cumplan los requisitos y no se encuentren incursas en las exclusiones previstas en el artículo 13 de la Ley General de Subvenciones.
Además deberán acreditar una labor editorial ininterrumpida de dos años como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.
Las editoriales podrán presentar un número de títulos, que nunca podrá exceder del 50 por ciento de la producción de la empresa en 2008, con un máximo de diez proyectos.
Además deberán acreditar una labor editorial ininterrumpida de dos años como mínimo, en la fecha de publicación de esta convocatoria.
Las editoriales podrán presentar un número de títulos, que nunca podrá exceder del 50 por ciento de la producción de la empresa en 2008, con un máximo de diez proyectos.
Los interesados podrán presentar las solicitudes a través del registro telemático de la página Web del Ministerio de Cultura, en la dirección http://www.mcu.es/registro .
El plazo de presentación de solicitudes será de treinta días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.[del 25 de març al 24 d'abril, a.i.]
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