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Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan plazas de estancias profesionales en Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza, para profesorado de lenguas extranjeras o profesorado de otras disciplinas que imparta clase en lengua extranjera perteneciente a los cuerpos de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño para el curso 2014/2015.
1.2 Finalidad: Este programa tiene como finalidad reforzar el conjunto de acciones destinadas a mejorar la calidad de la formación del profesorado, promover la innovación, adoptar métodos docentes más eficaces y crear comunidades profesionales a escala de la Unión Europea o participar en ellas, así como fomentar el aprendizaje de lenguas extranjeras y favorecer intercambios culturales.
2. Características del programa . 2.1 Objetivos del programa.
a) La mejora de las competencias profesionales de los participantes, tanto en lo que respecta a su área específica de trabajo como en las lenguas de uso durante la estancia para promover así el aprendizaje de lenguas extranjeras y en lenguas extranjeras.
b) La participación en la vida de un centro escolar europeo mediante la observación de la práctica docente en el aula, la participación coordinada en la docencia, el estudio de medidas de acompañamiento para el alumnado o el análisis de procedimientos de evaluación, orientación y dirección de centros.
c) La elaboración de proyectos pedagógicos comunes de carácter intercultural y multidisciplinar que favorezcan el enriquecimiento del alumnado y del docente al tiempo que se intercambian buenas prácticas pedagógicas.
d) La profundización o consolidación de proyectos internacionales de intercambio y/o asociaciones entre centros escolares.
2.2 Estancias Profesionales: Son visitas de estudio en las que un centro educativo, de alguno de los países participantes, acoge a un docente español por un periodo de dos semanas durante el cual se desarrollará el plan de actividades programadas conjuntamente y previamente establecido. Esta visita no implica impartir docencia.
Los profesores seleccionados para participar en el programa realizarán la estancia profesional en período lectivo del centro de acogida asignado entre octubre 2014 y agosto de 2015, ambos inclusive.
Esta convocatoria no regula la movilidad recíproca con el docente anfitrión del centro de acogida. Si el docente extranjero desea realizar una estancia profesional en España, deberá solicitarla de acuerdo al procedimiento establecido en su país de origen.
3. Países y distribución de plazas. 3.1 Se convocan 100 plazas de estancias profesionales para el curso 2014/2015 en centros educativos de Alemania, Austria, Francia, Italia, Reino Unido y Suiza.
3.2 Distribución de plazas: Se adjudicarán 30 plazas para Reino Unido; 30 plazas para Francia; 16 para Alemania; 10 para Italia; 7 para Austria y 7 para Suiza.
En Francia, los centros educativos en los que poder realizar la estancia profesional son «Collège« y «Lycée», al carecer de convocatoria para centros de educación infantil y primaria para realizar una estancia profesional.
Si quedaran plazas sin cubrir en alguno de los países, se procederá a repartirlas de forma equitativa entre el resto de países para los que haya docentes en lista de espera.
3.3 El importe total a distribuir en la presente convocatoria no podrá superar la cantidad de 132.000,00 euros, ... . La concesión queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente.
4. Requisitos de los candidatos. Los profesores interesados en participar en esta convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos:
4.1 Ser funcionario de carrera del cuerpo de Maestros de Educación Infantil y Primaria, Profesores de Enseñanza Secundaria, Catedráticos de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas y Profesores de Artes Plásticas y Diseño.
4.2 Estar impartiendo docencia, en el momento de presentar la solicitud de participación en esta convocatoria, en una de estas dos modalidades:
a) lengua extranjera o,
b) una disciplina no lingüística en alguna lengua extranjera. En este caso deberán acreditar un nivel de competencia lingüística equivalente al nivel B2 establecido en el Marco Común Europeo de Referencia para las Lenguas (MCER). Esta condición deberá mantenerse para el curso académico objeto de la convocatoria, 2014/2015, para lo que se le solicitará al candidato la documentación acreditativa correspondiente. En el caso de no cumplirse este requisito se considerara desestimada su petición.
4.3 En el caso de solicitar un país de destino cuya lengua o lenguas oficiales no coincidan con la lengua extranjera que imparte en su centro o con la que imparte su disciplina, deberá acreditar un dominio de esa lengua extranjera equivalente al B2 del MCER.
4.4 No haber disfrutado de una ayuda para la realización de una estancia profesional en las dos últimas convocatorias de este Programa.
4.5 Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
5. Solicitudes, documentación y plazo de presentación. 5.1 Solicitudes: Los funcionarios docentes que reúnan los requisitos exigidos en la presente convocatoria y deseen tomar parte en la misma deberán solicitarlo mediante la instancia accesible por internet en la dirección https://sede.educacion.gob.es/ portada.html, Sección «Trámites y Servicios. Las instrucciones para realizar correctamente el proceso de solicitud podrán consultarse en la siguiente dirección:
Una vez cumplimentada la solicitud y adjuntada toda la documentación preceptiva relacionada en el punto 5.2, el solicitante deberá confirmarla en la propia sede. Además de confirmar la solicitud es necesario registrarla. El registro puede completarse por vía electrónica si el ciudadano se puede identificar mediante cualquiera de los sistemas de firma aceptados por la Sede electrónica (http://sede.educacion.gob.es/ sistema-firma-acepta.html). En caso de no disponer de firma electrónica, una vez confirmada la solicitud en la sede, deberá imprimir el formulario que genera la aplicación «formulario oficial» y
enviar, a la dirección que figura en el pie del propio formulario, la «copia para registro» en cualquiera de las formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico y de las Administraciones Públicas y de Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, siendo imprescindible que en la solicitud aparezca la fecha de recepción en el organismo público correspondiente. En caso de que la documentación se presente en una oficina de correos, se hará en sobre abierto con el fin de que pueda ser fechada y sellada antes de su envío.
...
5.3 Plazo de presentación: El plazo de presentación de solicitudes y documentación acreditativa será de treinta días naturalescontados desde el día siguiente a la publicación de la presente resolución.{del 24 de junio al 23 de julio de 2014, a.i.}
5.4 Concluido el plazo de presentación no se admitirá ninguna instancia de participación ni modificación alguna de las peticiones formuladas en ella, ni documentación referida a los méritos aportados.
5.5 La presente convocatoria y toda la información sobre la misma se encontrará a disposición de los interesados en la siguiente dirección de internet:
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