lunes, 30 de junio de 2014

subvenciones... para la realización de actividades dirigidas a la divulgación, promoción y defensa de los derechos humanos.

1. Objeto, condiciones y finalidad. Esta convocatoria de subvenciones tiene como finalidad contribuir al desarrollo, la mejora del conocimiento y el fortalecimiento de los derechos humanos en las distintas esferas, mediante la realización de proyectos de ámbito nacional, o de ámbito internacional de interés para España.
Dichas subvenciones se otorgarán bajo los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad y no discriminación.
4. Requisitos para solicitar la subvención y forma de acreditarlos. Podrá solicitar la subvención toda institución o entidad, no perteneciente al sector público, española o extranjera, y legalmente constituida que, en todo caso, reúna y esté en disposición de acreditar los siguientes requisitos:
1. Que se trata de una entidad sin fines de lucro.
2. Con experiencia previa acreditada en actividades de derechos humanos o cuyos objetivos sean la defensa, promoción y difusión de los derechos humanos, especialmente en los ámbitos preferentes del apartado 9 de esta convocatoria.
3. Cumplir con las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, de acuerdo con lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
4. Disponer de los medios y capacidad suficientes para realizar las actividades y garantizar el objetivo de cumplimiento de los objetivos previstos en dichas actividades.
5. No encontrarse comprendido en ninguno de los supuestos recogidos en el artículo 13, apartados 2 y 3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre la prohibición para la obtención de ayudas o subvenciones públicas.
5. Solicitudes y documentación. 5.1 Las solicitudes de la subvención dirigidas al Secretario de Estado de Asuntos Exteriores se podrán presentar:
– Utilizando los medios electrónicos, previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, a través del Registro Electrónico del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación, en la página web www.maec.es.
– En cualquiera de las formas que prescribe el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento 
Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999 de 13 de enero. En el caso de presentarse en el Registro General del Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación (plaza de la Provincia, n.º 1, 28071 Madrid).
Cuando no se utilicen los medios electrónicos para la presentación de solicitudes, se recomienda enviar un aviso mediante correo electrónico a la siguiente dirección subvencionesdh@maec.es, o por fax al número 91-394.86.60, indicando el nombre de la entidad solicitante, el título del proyecto y la cantidad solicitada, así como la fecha y forma de envío .
6. Plazo de presentación. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado».{del 1 al 31 de julio de 2014, a.i.}

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