miércoles, 18 de junio de 2014

1.520 plazas distribuidas entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire. Ciclo de Selección número 2.

1.520 plazas distribuidas entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire,
SERVICIO TELEFONICO DE INFORMACION Y APOYO AL RECLUTAMIENTO

TFNO. 902.43.21.00
página web del Ministerio de Defenswww.reclutamiento.defensa.gob.es .
Segundo. ... Teniendo en cuenta las necesidades del planeamiento de la defensa y la evolución real de efectivos, en la publicación de plazas correspondientes al Ciclo de Selección número 2 se establecerán las especialidades fundamentales y las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa que sean preciso cubrir y, en su caso, a las que los extranjeros podrán optar.
Tercero. Las plazas correspondientes al Ciclo de Selección número 2 se expondrán públicamente, al menos, en las Subdelegaciones de Defensa y en la página web del Ministerio de Defensa www.reclutamiento.defensa.gob.es .
ANEXOS
I. Bases de la convocatoria.
1. Objeto. Regular el proceso de selección por el sistema de concurso-oposición, para cubrir las plazas para el acceso de nacionales y extranjeros a la condición de militar de tropa y marinería del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire, con el fin de no superar los efectivos previstos en la Disposición Primera de la presente Resolución. En el proceso de selección se tendrán en cuenta los méritos y las aptitudes de los solicitantes, las preferencias manifestadas y las necesidades del Ejército de Tierra, de la Armada y del Ejército del Aire.
2. Ciclos de selección. El proceso de selección se llevará a cabo a lo largo del año 2014 mediante el establecimiento de dos Ciclos de Selección, cuyos calendarios se establecen en el apéndice 1. Cada uno de éstos Ciclos comprende el período de tiempo en el que se desarrollan todos los trámites de selección e incorporación a los diferentes centros de formación.
3. Condiciones para participar en la convocatoria. Podrán optar a las plazas ofertadas quienes, el día en que soliciten cita previa para participar en las pruebas de selección del Ciclo que corresponda, sin perjuicio de lo que se detalle expresamente en la base correspondiente, cumplan y mantengan hasta el momento de la incorporación al centro de formación, las siguientes condiciones:
3.1 Condiciones generales comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:
3.1.a) Tener la nacionalidad española o la de alguno de los países que figuran en el apéndice 2.
3.1.b) Tener cumplidos 18 años y no superar la edad máxima de 29 años el día de incorporación al centro de formación correspondiente.
3.1.c) Carecer de antecedentes penales, y no tener abierto en calidad de procesado o imputado ningún procedimiento judicial por delito doloso.
3.1.d) No estar privado de los derechos civiles.
3.1.e) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, o de los órganos constitucionales, o de los órganos estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
3.1.f) Poseer la aptitud psicofísica necesaria, que será verificada mediante las pruebas que se determinan en la presente convocatoria.
3.1.g) Estar en posesión de los niveles de estudios o de la titulación exigida para acceder, en su caso, a cada plaza.
3.1.h) No ser militar de tropa y marinería con compromiso en vigor ni estar realizando la fase de formación militar general para adquirir tal condición.
3.1.i) No haber sido resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como consecuencia de:
a) Insuficiencia de facultades profesionales.
b) Imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre.
3.1.j) No haber causado baja en cualquier fase de la enseñanza de formación militar como consecuencia de:
a) Carencia de las cualidades en relación con los principios constitucionales y las reglas de comportamiento del militar a los que se refiere el artículo 64.1.d) y f) de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, acreditada en expediente personal extraordinario, mediante resolución motivada y previa audiencia del interesado.
b) Carencia de cualidades acreditada en el preceptivo expediente personal extraordinario.
c) Imposición de sanción disciplinaria por falta grave de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre.
3.2 Condiciones generales para solicitantes extranjeros:
3.2.a) Tener en vigor la Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España, o la Tarjeta de familiar de residente comunitario, como mínimo, hasta la fecha prevista para su incorporación al centro de formación correspondiente.
3.2.b) Ostentar la mayoría de edad con arreglo a lo dispuesto en su ley nacional.
3.2.c) No figurar como rechazables en el espacio territorial de países con los que España haya firmado un convenio en tal sentido.
3.2.d) No perder la nacionalidad de origen al entrar al servicio de las Fuerzas Armadas españolas ni tener prohibición de alistamiento militar en las mismas.
3.2.e) Carecer de antecedentes penales en España o en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento jurídico español.
3.3 Condiciones específicas comunes para solicitantes nacionales y extranjeros:
3.3.a) Estar en posesión, como mínimo, del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o sus equivalentes.
En caso de ser ofertada, los solicitantes de la especialidad fundamental Música acreditarán, además, lo señalado en la base 3.3.k).
Estos requisitos se acreditarán mediante la presentación del certificado original y fotocopia, o fotocopia compulsada, del título que se posea, dando lugar, en su caso, al inicio de la determinación de las responsabilidades de cualquier índole en que pudiera haber incurrido, en aplicación expresa de la base 5.6 del presente Anexo I, a cuyo efecto los Gestores de las Áreas de Reclutamiento de las Subdelegaciones de Defensa lo pondrán en conocimiento de la Comisión Permanente de Selección.
Los títulos, diplomas o estudios extranjeros deberán estar homologados a los títulos españoles, al amparo de lo establecido en el Real Decreto 285/2004, de 20 de febrero, en su nueva redacción dada por el Real Decreto 309/2005, de 18 de marzo, por el que se regulan las condiciones de homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación superior, o conforme a lo establecido en el Real Decreto 104/1988, de 29 de enero, sobre homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros de educación no universitaria.
3.3.b) Los solicitantes de la Guardia Real deberán tener en bipedestación una talla igual o superior a 165 centímetros los hombres y a 160 centímetros las mujeres.
3.3.c) No haber renunciado a la plaza asignada o no haber efectuado la presentación, sin causas justificadas, en el centro de formación para iniciar la fase de formación militar general o haber causado baja voluntaria durante la misma, en virtud de su participación en el último Ciclo de Selección anterior al que se solicite, con independencia de la convocatoria a la que pertenezca dicho Ciclo.
3.3.d) No encontrarse en la situación de pendiente de repetición de la fase de formación militar general correspondiente a alguno de los Ciclos de Selección de la actual o de anteriores convocatorias, salvo renuncia expresa dirigida al Director de Enseñanza correspondiente.
3.3.e) No haber finalizado el compromiso en anterior relación con las Fuerzas Armadas, como consecuencia de haber resultado no idóneo en la preceptiva evaluación previa a su renovación desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.
3.3.f) En anterior relación con las Fuerzas Armadas, no tener denegada la suscripción del compromiso de larga duración que establece el artículo 9 de la Ley 8/2006, de 24 de abril, desde el 1 de enero del año anterior al año de publicación de la presente convocatoria.
3.3.g) No haber causado baja en los centros de formación de militares de tropa y marinería por no superar, dentro de los plazos establecidos, las pruebas previstas en los planes de estudios, iniciados con posterioridad al día 17 de enero de 2010, fecha de entrada en vigor del Real Decreto 35/2010, de 15 de enero.
3.3.h) No haber efectuado la presentación en el Centro de Selección asignado en la fecha indicada por el Área de Reclutamiento correspondiente para la realización de las pruebas de la Fase primera del anterior Ciclo de Selección y no haber acreditado documentalmente el motivo justificado de la incomparecencia, con independencia de la convocatoria a que pertenezca el Ciclo.
3.3.i) Carecer de tatuajes que contengan expresiones o imágenes contrarias a los valores constitucionales, Autoridades, virtudes militares, que supongan desdoro para el uniforme, que puedan atentar contra la disciplina o la imagen de las Fuerzas Armadas en cualquiera de sus formas, que reflejen motivos obscenos o inciten a discriminaciones de tipo sexual, racial, étnico o religioso. Así mismo, no son permitidos los tatuajes que pudieran ser visibles vistiendo las diferentes modalidades de los uniformes de las Fuerzas Armadas, no especiales, cuya denominación, composición y utilización se recoge en la Orden Ministerial 6/1989, de 20 de enero.
3.3.j) No haber sido calificado «No Apto Permanente» en el Ciclo de Selección número 1 de esta convocatoria, por algún Centro de Selección o Unidad de Reconocimiento de los Hospitales y Centros Sanitarios de la Red Hospitalaria de la Defensa, en alguna de las causas recogidas en el Cuadro Médico de Exclusiones que figura en el apéndice 3.
3.3.k) En caso de ser ofertada, los solicitantes de la especialidad fundamental Música deberán acreditar tener superados dos años de estudios de grado profesional en uno de los instrumentos para los que se ofertan plazas. Estos estudios deben haber sido realizados en un centro oficial u homologado.
3.3.l) No haber sido excluido en cualquier proceso de selección de acceso y promoción en las Fuerzas Armadas, desde el 1 de enero de 2013, por haber dado positivo por consumo de drogas o sustancias psicotrópicas, en la analítica que en el seno del mismo hubiere sido practicada.
4. Cita previa para participar en el proceso de selección.
4.1 La participación en el proceso de selección de alguno de los Ciclos de esta convocatoria, se iniciará con la aceptación de la solicitud de cita previa para la realización de las pruebas de selección dirigida al Gestor del Área de Reclutamiento/Jefe del Órgano de Apoyo/Secretario General de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del aspirante, solicitud que se podrá realizar durante el periodo de tiempo establecido en el calendario del apéndice 1 para cada Ciclo de Selección.
4.2 La solicitud de cita previa se podrá realizar personalmente o por correo certificado en las Secretarías Generales de las Delegaciones de Defensa, en las Áreas de Reclutamiento, en los Órganos de Apoyo de las Subdelegaciones de Defensa, en las Oficinas Delegadas u Oficinas o puntos de información dependientes de las Subdelegaciones de Defensa.
También podrá solicitarse en las unidades, centros y organismos del Ministerio de Defensa y de la Guardia Civil, desde donde se cursará a la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo de la Delegación o Subdelegación de Defensa de la provincia de residencia del solicitante.
De igual forma, se podrá cursar a través de las representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero, desde donde se remitirá al Área de Reclutamiento de la Subdelegación de Defensa en Madrid.
Asimismo, la solicitud de cita previa podrá presentarse ante el resto de los organismos a los que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común («BOE» número 285, de 27 de noviembre), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero («BOE» número 12, de 27 de enero).
En todo caso, cuando la instancia se presente en lugar distinto a la Subdelegación de Defensa, el candidato la adelantará vía FAX, dentro del plazo de admisión de solicitudes, a los números facilitados en el apéndice 5.
Igualmente, la cita previa se podrá solicitar por vía telefónica en el número 902432100 o a través de la página web del Ministerio de Defensawww.reclutamiento.defensa.gob.es .
4.3 La solicitud de cita previa se ajustará al modelo del apéndice 6, en el que el aspirante manifestará su consentimiento para que el Centro de Selección correspondiente pueda tramitar el acceso al Sistema de Verificación de Datos de Identidad (SVDI) puesto a disposición de los Departamentos y Organismos de la Administración General del Estado. Si la cita previa se solicitase por teléfono o por medio de la página web del Ministerio de Defensa www.reclutamiento.defensa.gob.es, el referido apéndice 6 se cumplimentará y presentará en el momento del inicio de las pruebas.
En el caso de que la solicitud de cita previa se realice de forma presencial en cualesquiera de los lugares señalados en la base 4.2, por celeridad administrativa, el interesado podrá presentar el original y aportar fotocopia de su Documento Nacional de Identidad o de su Pasaporte, para los nacionales, y fotocopia de su Pasaporte y de su Tarjeta de residencia temporal o de larga duración en España, o la Tarjeta de familiar de residente comunitario, para los extranjeros, lo que se incorporará a su expediente personal. La diligencia anterior será preceptiva en el caso de que el interesado no dé su consentimiento para realizar la consulta al SVDI.
4.4 En su caso, la Secretaría General, Área de Reclutamiento u Órgano de Apoyo receptora de la solicitud de la cita previa comunicará a cada uno de los solicitantes, el Número de Identificación de Opositor (NIO), la aceptación de su solicitud de participación en el Ciclo de Selección que corresponda, la fecha, hora y el Centro de Selección donde realizará las pruebas selectivas.
4.5 Los Gestores de las Áreas de Reclutamiento/Secretarios Generales/Jefes de Órgano de Apoyo no concederán cita previa a aquellos solicitantes que no reúnan alguna de las condiciones generales comunes recogidas en los apartados a), b), h), i) y j) a los que se hace referencia en la base 3.1 y a los extranjeros que no reúnan alguna de las condiciones de los apartados a), b), c) y d) de la base 3.2, lo que se comunicará expresamente al interesado.
Así mismo, no concederán cita a aquellos solicitantes que no reúnan alguna de las condiciones comunes específicas c), d), e), f), g), h), j) y l) tipificadas en la base 3.3., lo que se comunicará expresamente al interesado.
En su caso, se procederá del mismo modo con los solicitantes que no reúnan la condición específica común a) y k) tipificadas en la base 3.3, así como con los que, pudiéndoseles observar de manera directa y evidente, no reúnan la condición específica común i) de la misma base 3.3.
El contenido de la base 3.3.i), además, podrá verificarse durante el desarrollo de las pruebas de selección de la Fase segunda de cada Ciclo de Selección. Si se detectara su existencia, se pondrá en conocimiento del Gestor del Área de Reclutamiento en la que realiza las pruebas, a fin de que el personal afectado sea excluido del proceso de selección.
...
II. Plazas del Ciclo de
 Selección número 1.
APÉNDICES
1. Calendario de los ciclos de selección del año 2014.
 CICLO DE SELECCIÓN : Segundo
INICIO DEL PLAZO DE SOLICITUD DE CITA PREVIA : 16 de Junio de 2014
FINALIZA EL PLAZO DE SOLICITUD DE CITA PREVIA : 7 de Julio de 2014
LIMITACIÓN DEL NÚMERO DE ASPIRANTES : 3 de Septiembre de 2014
ASIGNACIÓN DE LAS PLAZAS : 10 de Octubre de 2014
INCORPORACIÓN AL CFOR1 : 20 de Octubre de 2014
FIN DEL PERIODO DE ADAPTACIÓN : 30 de Octubre de 2014
2. Países cuyos nacionales pueden participar en el proceso de selección.

1) Argentina
2) Bolivia
3) Costa Rica
4) Colombia
5) Chile
6) Ecuador
7) El Salvador
8) Guatemala
9) Guinea Ecuatorial
10) Honduras
11) México
12) Nicaragua
13) Panamá
14) Paraguay
15) Perú 2
16) República Dominicana
17) Uruguay
18) Venezuela
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Centro de formación.
2 Los ciudadanos de la República del Perú deberán aportar documentalmente la autorización expresa de la Autoridad u Organismo correspondiente, para la incorporación del interesado a las Fuerzas Armadas españolas, o el resguardo o acreditación de haberlo solicitado.
3. Cuadro médico de exclusiones.
4. Pruebas de aptitud física.
5. Relación de Secretarías Generales/Áreas de Reclutamiento/Órganos de Apoyo y Oficinas Delegadas.
6. Solicitud para asignación de cita previa.
7. Baremo de concurso.
8. Autorización paterno/tutorial para la realización de las pruebas selectivas de los aspirantes menores de edad.
9. Declaración de procesamiento e imputación.
10. Declaración de no estar privado de derechos civiles, ni separado de las administraciones públicas, ni inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.
11. Documento de designación de beneficiarios.
12. Notificación del resultado de la fase primera.

13. Notificación del resultado del proceso de selección.

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