lunes, 16 de junio de 2014

Muface: (206) becas de residencia de renovación para hijos y huérfanos de mutualistas y (4) becas (ingenieros agrónomos) con cargo al Legado Casado de la Fuente, para el curso 2014/2015. Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado

Resolución de 19 de mayo de 2014, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se convocan (206) becas de residencia de renovación para hijos y huérfanos de mutualistas y (4) becas con cargo al Legado Casado de la Fuente, para el curso 2014/2015.
I. Objeto y modalidades de las ayudas. Esta convocatoria concreta las ayudas del programa de Acción Formativa de MUFACE en la modalidad de becas de residencia de renovación, así como las condiciones y requisitos específicos para acceder a ellas por parte de los beneficiarios, hijos y huérfanos de mutualistas, determinando su número y cuantías.
La finalidad de estas ayudas es posibilitar la promoción social y cultural de los beneficiarios, hijos y huérfanos de mutualistas, mediante aportaciones económicas con cargo a los créditos presupuestarios de MUFACE, en forma de becas de residencia de renovación para quienes, habiendo obtenido beca de MUFACE en el curso 2013/2014, deseen renovarla para el próximo curso y sigan necesitando desplazarse desde la localidad donde radica su domicilio familiar para continuar los estudios universitarios que estén cursando.
Forman parte de esta convocatoria, a efectos de su publicidad, las becas para cursar estudios de Ingeniería Agronómica Superior o de Grado equivalentes con cargo al «Legado Casado de la Fuente».
II. Becas de residencia de renovación para hijos y huérfanos de mutualistas.
2. Características.. 2.1 Contenido y número de becas.– Las becas de residencia de renovación para el curso 2014/2015 para hijos y huérfanos de mutualistas de MUFACE están destinadas a contribuir a sufragar sus gastos de residencia en un Colegio Mayor o Residencia universitaria, motivados por la realización de estudios de nivel universitario, durante los meses de octubre a junio, ambos inclusive, o un máximo de nueve meses del período lectivo, por un importe que será igual a la cantidad realmente abonada en tal concepto, con el límite máximo de 447,00 euros mensuales.
El número de becas que se convocan, dotadas presupuestariamente, será el que resulte necesario para cubrir la renovación de los 206 actuales becarios que, reuniendo los requisitos exigidos en el epígrafe 2.2, presenten la solicitud y documentación en la forma y plazo señalados en el epígrafe 2.4, ambos del presente apartado.
2.2 Requisitos. 2.2.1 Ser mutualista o titular de documento asimilado al de afiliación y solicitar la beca para sus beneficiarios o para sí mismos, respectivamente, siempre que dichos titulares y beneficiarios se encuentren en situación de alta o, en su caso, asimilada al alta en el colectivo de MUFACE en el momento de presentar la solicitud y la correspondiente documentación, de conformidad con el epígrafe 2.4 del presente apartado.
2.2.2 Que los estudios hayan de realizarse ineludiblemente en municipio distinto al del domicilio familiar.
2.2.6 Los gastos de residencia a que se aplicará la beca deberán estar motivados por la realización de estudios de nivel universitario de los enunciados en el anexo II. Estas becas se concederán para la obtención de una sola titulación por destinatario, tanto de forma simultánea como sucesiva, con las salvedades expresadas en el epígrafe anterior y en el anexo II, d).
2.4 Solicitudes, plazo y documentación.– Las becas se solicitarán en los formularios que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE o que se obtengan a través de la página web de MUFACE (www.muface.es ).
Las solicitudes deberán presentarse, bien directamente en el Servicio Provincial a cuyo colectivo se pertenezca, o bien en los lugares a que se refiere en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, Ley 30/92, de 26 de noviembre).
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será el comprendido entre el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y el 31 de octubre de 2014, inclusive.
La solicitud irá acompañada de los documentos correspondientes señalados en el anexo III, apartados I y II.
A efectos de justificación de datos, MUFACE podrá solicitar además la documentación complementaria que estime necesaria para comprobar la exactitud de los mismos.
III. Becas con cargo al «Legado Casado de la Fuente», para cursar ingeniería agronómica superior o grado equivalente en escuelas técnicas superiores de ingenieros agrónomos
1. Contenido. Financiadas con cargo al «Legado Casado de la Fuente», se convocan hasta un máximo de cuatro becas de pago único dotadas con 221,25 euros cada una, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Consejo General de MUFACE el 20 de septiembre de 2001 y la Resolución de la Dirección General de MUFACE de fecha 13 de abril de 2012 por la que se aprueba la reinversión del Legado Casado de la Fuente.
Serán beneficiarios de estas becas los cuatro solicitantes que, habiendo presentado la solicitud en plazo, obtengan mejores calificaciones, una vez evaluados los datos académicos, y cumplan con los requisitos específicos enumerados en el epígrafe siguiente.
2. Requisitos específicos.
a) Ser hijo o huérfano de maestro, que tenga o hubiera tenido hasta su fallecimiento la condición de mutualista de MUFACE o de la Mutualidad Nacional de Enseñanza Primaria, y ejerza o haya ejercido de maestro en medios rurales. A estos efectos se entenderá como medio rural las localidades con menos de 20.000 habitantes.
b) Cursar estudios de Ingeniería Agronómica Superior o de Grado equivalentes, por enseñanza oficial, en las Escuelas Técnicas Superiores de Ingenieros Agrónomos o de estudios equivalentes.
c) Ser menor de 20 años en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, si se solicita por primera vez.
3. Solicitudes y plazo. Las becas se solicitarán en los formularios que facilitarán a dicho fin los Servicios Provinciales de MUFACE o que se obtengan a través de la página web de MUFACE (www.muface.es ).
Las solicitudes deberán presentarse, bien directamente en el Servicio Provincial a cuyo colectivo se pertenezca, o bien en los lugares a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.
El plazo de presentación de la solicitud y documentación será el comprendido entre el día siguiente a la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado y el 31 de octubre de 2014, inclusive.

No hay comentarios:

Publicar un comentario

Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia