DEPARTAMENTO DE HACIENDA Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.2 del Reglamento de provisión de puestos de trabajo, carrera administrativa y promoción profesional de los funcionarios de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto 80/1997, de 10 de junio, en su redacción dada por el Decreto 193/2000, de 7 de noviembre, se anuncia convocatoria para la elaboración de listas de espera en las provincias de Zaragoza, Huesca y Teruel para cubrir, con carácter interino, puestos de trabajo de la clase de especialidad de Farmacéuticos de Administración Sanitaria, con arreglo a las siguientes bases:
1.ª- Requisitos.
- Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Tener cumplidos los dieciocho años.
- Estar en posesión del título de Graduado en Farmacia o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Especialidad a la que se aspira.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas.
2.ª- Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán a través de la aplicación informática ubicada en la dirección web: https://servicios3.aragon.es/sip/
En la misma dirección web consta un manual de uso de la aplicación que facilitará su utilización por los usuarios, así como la posibilidad de acceder a asistencia telefónica.
La instancia una vez cumplimentada y grabada deberá imprimirse y presentarse a través de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días hábiles, comenzando dicho plazo a contar a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".{del 12 al 29 de julio de 2014, a.i.}
Si se han generado varias instancias a través del procedimiento telemático se tramitará la que se ha presentado en Registro. No deberán mezclarse hojas de diferentes instancias ya que el proceso telemático asigna un número a cada instancia con todas sus hojas, debiendo coincidir, por lo tanto, el número que figura en cada una de ellas.
Las solicitudes impresas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia DNI o pasaporte
- Fotocopia del título requerido o, en su defecto, documento acreditativo de estar en posesión del mismo o en condiciones de que le sea expedido.
- Curriculum vitae donde se hagan constar los méritos alegados, así como los documentos que los justifiquen.
- Tener la nacionalidad española o ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea; o ser, cualquiera que sea su nacionalidad, cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes; o ser persona incluida en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el apartado 1 del artículo 57 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
- Tener cumplidos los dieciocho años.
- Estar en posesión del título de Graduado en Farmacia o equivalente, o en condiciones de obtenerlo en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes.
- Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la Especialidad a la que se aspira.
- No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado por sentencia firme para el desempeño de funciones públicas.
2.ª- Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán a través de la aplicación informática ubicada en la dirección web: https://servicios3.aragon.es/sip/
En la misma dirección web consta un manual de uso de la aplicación que facilitará su utilización por los usuarios, así como la posibilidad de acceder a asistencia telefónica.
La instancia una vez cumplimentada y grabada deberá imprimirse y presentarse a través de las unidades de registro de documentos del Gobierno de Aragón, o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 38.4 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común según redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, en el plazo de 15 días hábiles, comenzando dicho plazo a contar a partir del siguiente a la publicación de la presente resolución en el "Boletín Oficial de Aragón".{del 12 al 29 de julio de 2014, a.i.}
Si se han generado varias instancias a través del procedimiento telemático se tramitará la que se ha presentado en Registro. No deberán mezclarse hojas de diferentes instancias ya que el proceso telemático asigna un número a cada instancia con todas sus hojas, debiendo coincidir, por lo tanto, el número que figura en cada una de ellas.
Las solicitudes impresas deberán ir acompañadas de la siguiente documentación:
- Fotocopia DNI o pasaporte
- Fotocopia del título requerido o, en su defecto, documento acreditativo de estar en posesión del mismo o en condiciones de que le sea expedido.
- Curriculum vitae donde se hagan constar los méritos alegados, así como los documentos que los justifiquen.
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