
1. Aprobación del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.5 del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.
2. La estructura del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar de conformidad con el artículo 81 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, aprobado por el Real Decreto 907/2007, de 6 de julio, es la siguiente:
a) Una Memoria y doce anejos con los siguientes títulos: Masas de agua artificiales y muy modificadas (anejo 1), Inventario de recursos hídricos naturales (anejo 2), Usos y demandas de agua (anejo 3), Registro de zonas protegidas (anejo 4), Caudales ecológicos (anejo 5), Sistemas de explotación y balances (anejo 6), Inventario de presiones (anejo 7), Objetivos medioambientales y exenciones (anejo 8), Recuperación de costes (anejo 9), Programa de medidas (anejo 10), Participación pública (anejo 11) y Evaluación del estado de las masas de agua superficial y subterránea (anejo 12).

3. El ámbito territorial del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Júcar, es el definido en el artículo 2.3 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.
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1. Aprobación del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40.5 del texto refundido de la Ley de Aguas, se aprueba el Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura.
2. La estructura del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura de conformidad con el artículo 81 del Reglamento de la Planificación Hidrológica, es la siguiente:
a) Una Memoria; acompañada de los siguientes doce anejos: 1) Designación de masas de agua artificiales y muy modificadas, 2) Recursos hídricos, 3) Usos y Demandas, 4) Zonas protegidas, 5) Implantación del régimen de caudales ecológicos, 6) Sistemas de explotación y balances, 7) Inventario de presiones, 8) Objetivos medioambientales, 9) Recuperación de costes, 10) Programa de medidas, 11) Participación pública, y 12) Caracterización de masas de agua.

3. El ámbito territorial del Plan Hidrológico de la Demarcación Hidrográfica del Segura, es el definido en al artículo 2.2 del Real Decreto 125/2007, de 2 de febrero, por el que se fija el ámbito territorial de las demarcaciones hidrográficas.
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