viernes, 5 de diciembre de 2014

1 Técnico Especialista en Mantenimiento, - C1 -, (Capataz general), turno libre. Bases. Ajuntament de Calp.

... bases de la Convocatoria 14/19 para la provisión definitiva de la plaza nº 012-90, de Técnico Especialista en Mantenimiento, de Administración Especial, turno libre, con el contenido y alcance siguiente:
“BASES PARA LA PROVISION EN PROPIEDAD UNA PLAZA DE TÉCNICO ESPECIALISTA EN MANTENIMIENTO TURNO LIBRE
CONVOCATORIA 14/19
OBJETO DE LA CONVOCATORIA. El objeto de la presente convocatoria es la provisión en propiedad de una plaza de Técnico Especialista en Mantenimiento, puesto de CAPATAZ GENERAL, naturaleza jurídica de funcionario, escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Personal de Oficios, correspondiente al nivel de titulación C1, y que se relaciona a continuación por el procedimiento de concurso-oposición, turno libre. Todo ello conforme a lo dispuesto en el artículo 119 de la Ley 10/2010 de Ordenación y Gestión de la Función Pública Valenciana.
El puesto objeto de esta convocatoria es el: 012-90, publicado en la Oferta de Empleo Público de 2011 (BOP nº 97 de 24/05/2011).
BASE PRIMERA. REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES. Para poder participar en las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
• Tener la nacionalidad española sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 de la ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
• Tener cumplidos los 16 años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. 
• Estar en posesión del título Grado Medio en Técnico de Obras de Interior, Decoración y Rehabilitación, Grado Medio en Técnico de Construción, o equivalente.
• Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. El Ayuntamiento de Calp se reserva el derecho a someter a los aspirantes a cuantas pruebas considere pertinentes para evaluar el cumplimiento de este requisito.
• No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleo o cargos públicos por resolución judicial.
Todos los requisitos deberán cumplirse en el último día del plazo de presentación de instancias y mantenerse durante todo el proceso selectivo. En este sentido se podrán efectuar las comprobaciones oportunas hasta el nombramiento.
La titulación y experiencia profesional se acreditará por medio de la expedición de los títulos y certificaciones correspondientes, expedidos por la autoridad competente. Esta autoridad podrá declarar la equivalencia de los títulos.
Si en cualquier momento del proceso selectivo se advirtiere en las solicitudes y/o documentación aportada por los aspirantes, inexactitud o falsedad que fuera causa de exclusión, ésta se considerará defecto insubsanable y se resolverá dicha exclusión.
BASE SEGUNDA. PRESENTACIÓN DE INSTANCIAS. Las instancias para tomar parte en la presente convocatoria se dirigirán al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Calp. Las instancias se presentarán ajustadas al modelo que figura en el Anexo I de estas Bases, en el Registro General o en la forma que determina el art. 38.4 de la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, durante el plazo de 20 días naturales, a partir del siguiente a la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, siendo motivo de exclusión el incumplimiento de este requisito.
En las instancias para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deberán manifestar que reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en estas bases y que se comprometen a prestar el preceptivo juramento o promesa. Y deberán acompañar documentos acreditativos que tengan que valorarse en la fase de concurso, mediante fotocopia compulsada de los mismos. El Tribunal no podrá tener en cuenta ningún documento justificativo de la fase del concurso que no haya sido presentado durante el plazo de presentación de instancias. 

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