Resolución de 3 de diciembre de 2014, de la Secretaría de Estado de Educación, Formación Profesional y Universidades, por la que se convocan becas para la realización de estudios de Máster en Artes, Humanidades y Ciencias Sociales en Universidades de Estados Unidos de América para el curso 2015-2016.
... Mediante esta actuación prevista para los titulados y graduados en Artes, Humanidades y Ciencias Sociales, se pretende fomentar la realización de estudios de Máster en estos ámbitos del conocimiento, con el fin de ampliar la base formativa de los graduados de nuestro sistema universitario, así como de garantizar una presencia efectiva de estudiantes españoles en este tipo de enseñanzas en las Universidades de Estados Unidos de América.
... convocatoria.
Sumario:
Artículo 1. Objeto. 1. Por la presente resolución se convoca, en régimen de concurrencia competitiva, la concesión de becas para la realización de estudios de Máster en Universidades de Estados Unidos (EE.UU). Esta convocatoria propone crear las condiciones y facilitar los medios para impulsar la realización de programas de Máster en Universidades de Estados Unidos de América por graduados y licenciados en titulaciones de Artes, Humanidades y Ciencias Sociales en el marco del programa de becas MECD-Fulbright.
2. Quedan excluidos de esta convocatoria los programas de MBA (Masters in Business Administration), Derecho y Periodismo.
Artículo 2. Número y dotación de las becas. 1. Por la presente convocatoria podrán concederse hasta un máximo de 10 becas.
2. Las becas incluirán:
a) Una dotación mensual de 1.500,00 euros, financiada con cargo al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
b) Una cantidad en concepto de matrícula o tasas académicas por importe máximo de 10.000,00 euros, cuando proceda, que la Comisión Fulbright se encargará de abonar directamente a la Universidad de destino, financiada con cargo al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte.
c) 1.250,00 euros para gastos de viaje de ida y vuelta, financiada con cargo a la Comisión Fulbright.
d) Seguro de accidentes corporales y de asistencia sanitaria –excluida la obstetricia y la odontología– que el Programa Fulbright ofrece a sus becarios.
Artículo 3. Características y duración de las becas. 1. Las becas tienen como fin la realización de un programa de Master en Artes, Humanidades o Ciencias Sociales en una universidad de EE.UU. La concesión de la beca quedará supeditada a la acreditación previa de la carta de admisión en la universidad de destino.
2. Los becarios deberán dedicarse en exclusiva al programa de estudios para el que se les haya concedido la beca, pudiendo compatibilizarlo con la colaboración en los departamentos de la universidad receptora. El disfrute de las becas es incompatible con la percepción de cualquier otra beca, ayuda o retribución de cualquier índole, durante el período de vigencia de las mismas, salvo las posibles compensaciones derivadas de su colaboración como lectores, ayudantes de conversación o similares, en la universidad de destino. En aquellos casos en que el programa de Master requiera la realización de prácticas remuneradas, el becario deberá solicitar, a través de la Comisión Fulbright, la compatibilidad con sus estudios. En función de la cuantía a percibir la Dirección General de Política Universitaria procederá a autorizar la compatibilidad total o parcial con la dotación mensual de la beca, pudiendo minorarse la asignación de esta última durante el período de prácticas.
3. La gestión de este programa de becas se realiza por la Dirección General de Política Universitaria en colaboración con la Comisión de Intercambio Cultural, Educativo y Científico entre España y Estados Unidos (Comisión Fulbright), de conformidad con los términos recogidos en el convenio de colaboración firmado entre ambas instituciones.
Esta Comisión participará en la selección de los becarios, así como en el seguimiento del desarrollo de sus estudios durante el período de disfrute de las becas.
4. La duración de las becas será de doce meses, prorrogable por otro período máximo de doce meses. La solicitud de renovación de las becas concedidas al amparo de esta convocatoria se formalizará en los términos y plazos establecidos en el artículo 12.
5. La fecha de inicio de las becas será fijada por la Comisión Fulbright en función de la programación de las universidades receptoras y de los cursos de orientación preacadémica.
Artículo 4. Beneficiarios. Requisitos de los solicitantes. 1. Los beneficiarios deberán cumplir las obligaciones recogidas en la Orden de bases reguladoras y en la presente convocatoria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
2. No podrán obtener la condición de beneficiario las personas en quienes concurra algunas de las circunstancias establecidas en el artículo 13 de la citada Ley General de Subvenciones.
3. Para participar en este programa, los solicitantes deberán reunir todos y cada uno de los siguientes requisitos, los cuales deberán mantenerse hasta la realización de la beca así como durante el disfrute de la misma.
3.1 Requisitos que deben cumplirse y acreditarse, en los casos que corresponda, en la fecha final del plazo de presentación de solicitudes:
a) Nacionalidad. Poseer nacionalidad española o de cualquier país de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo con residencia en España.
b) Estudios realizados. Los solicitantes deberán ser graduados o licenciados en titulaciones de Artes, Humanidades y Ciencias Sociales y haber concluido sus estudios con posterioridad al 1 de enero de 2011. Los estudiantes que estén finalizando la licenciatura o los estudios de grado en el curso 2014-2015, no podrán participar en la convocatoria. En caso de que el solicitante posea más de una titulación que le permita concurrir a la convocatoria, a efectos del cumplimiento de este requisito, sólo se tendrá en cuenta la titulación más antigua que posea.
c) Créditos superados y nota media mínima del expediente académico. Para concurrir a la convocatoria los solicitantes deberán haber cursado grados con un mínimo de 240 créditos y acreditar una nota media del expediente académico en la escala 0-10, igual o superior a 7 puntos. El cálculo de la nota media se efectuará de conformidad con las instrucciones del Anexo I.
d) No haber disfrutado becas para la realización de estudios de Máster en el extranjero por un período superior a 12 meses.
e) No haber obtenido ninguna titulación superior en EE.UU., ni estar realizando estudios de postgrado o proyectos de investigación predoctoral en EE.UU.
f) No haber finalizado ningún doctorado.
g) No haber disfrutado una beca Fulbright de ampliación de estudios de posgrado.
h) Excelente conocimiento del idioma inglés.
3.2 Requisitos que deben cumplir y acreditar los candidatos seleccionados para participar en la segunda fase de selección, la entrevista personal:
Poseer buenas referencias académicas o profesionales, que deberán ser acreditadas en cartas emitidas por los profesores, investigadores o profesionales correspondientes.
3.3 Requisitos que deben cumplir y acreditar los candidatos seleccionados en la segunda fase de selección, con carácter previo a la concesión de la beca:
Estar admitidos en una universidad de EE.UU. para realizar un programa de Master acorde con la memoria de estudios presentada.
Los solicitantes deben iniciar el proceso de solicitud de admisión en las universidades de Estados Unidos que prefieran con la antelación necesaria para poder presentar la carta de admisión requerida en el artículo 5.6. Cada universidad establece su propio plazo de admisión que es rígido y requiere tiempo de preparación. Deben estar en contacto directo con los centros para informarse de los requisitos y de la documentación que deben aportar. Además, deben presentar directamente la solicitud completa de la universidad en el plazo señalado. Si requieren información de cómo pueden realizar estas gestiones, pueden consultar con la Asesoría Académica de la Comisión Fulbright http://www.fulbright.es/ver/formulario-informacion.
Artículo 5. Formalización de las solicitudes, plazo de presentación y documentación a presentar. 1. Las solicitudes se formalizarán a través de la Sede Electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, https://sede.educacion.gob.es, accediendo al apartado «Trámites y Servicios».
2. El plazo de presentación de las solicitudes será desde el 20 de enero de 2015 hasta las 14,00 horas (horario peninsular) del 9 de febrero de 2015, ambos inclusive. ...
Artículo 6. Participación y colaboración de la Comisión Fulbright en la presentación de las solicitudes y gestión del Programa.
Artículo 7. Práctica de las notificaciones.
Artículo 8. Subsanación de solicitudes.
Artículo 9. Instrucción y evaluación de las solicitudes.
Artículo 10. Selección de candidatos.
Artículo 11. Resolución de concesión.
Artículo 12. Renovación de las becas.
Artículo 13. Pago de las becas.
Artículo 14. Obligaciones de la Comisión Fulbright y justificación de las subvenciones.
Artículo 15. Obligaciones de los becarios.
Artículo 16. Seguimiento y control.
Artículo 17. Incumplimientos.
Articulo 18. Financiación.
Articulo 19. Normativa aplicable.
Disposición adicional. Recursos contra la convocatoria.
Disposición final primera. Habilitación competencial.
Disposición final segunda. Entrada en vigor
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