Primero. Objeto. Se convoca la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.
Esta convocatoria se regirá por la Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para proyectos y actuaciones dentro del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores en el marco del Plan Nacional e Integral del Turismo.
Tercero. Requisitos de los solicitantes. En la presente convocatoria podrán ser solicitantes y beneficiarios:
1. Las personas físicas, residentes en España, que tengan menos de cuarenta años en el momento de presentación de la solicitud y personas jurídicas válidamente constituidas en España, en las cuales la media de edad de los socios sea igual o inferior a cuarenta años en el momento de la presentación de la solicitud y sean PYME con forma societaria, constituida, como máximo, en los veinticuatro meses anteriores a la solicitud. La acreditación del cumplimiento de este requisito se realizará en caso de ser propuesto como beneficiario en propuesta provisional de concesión, una vez recibida la correspondiente notificación.
2. Los solicitantes de estas ayudas deberán acreditar, como condición de solvencia económica en el momento de presentación de su solicitud que la suma de sus bienes y derechos, incluyendo créditos frente a terceros, es superior a la suma de sus deudas incrementada en un 50 por ciento. El cálculo de dicha condición de solvencia se realizará a partir de los datos consignados en las solicitudes.
Los solicitantes deberán cumplir con éste y los demás requisitos previstos el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente convocatoria.
Séptimo. Presentación de solicitudes. 1. Las solicitudes de ayudas para la presente convocatoria del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores se dirigirán a la Secretaría de Estado de Turismo y se presentarán en el Registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, https://sede.minetur.gob.es, de acuerdo con la Orden IET/1902/2012, de 6 de septiembre, por la que se crea y regula dicho registro.
2. El plazo de presentación de solicitudes será de dos meses que se contarán a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».{del 2 de diciembre al 2* de febrero de 2014, a.i.}
3. La solicitud de participación en la convocatoria de ayudas del programa Emprendetur Jóvenes Emprendedores constará de dos elementos: solicitud/cuestionario y memoria técnica, que se presentarán en la forma siguiente:
La solicitud/cuestionario seguirá el modelo que figura, a título informativo, el anexo II de la Orden IET/2482/2012, de 15 de noviembre. Dicho modelo estará disponible para su cumplimentación y presentación en la dirección de Internet del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, https://sede.minetur.gob.es ...
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