Noviembre de 2014
A) Tipos de referencia aplicables para el cálculo del valor de mercado en la compensación por riesgo de tipos de interés de los préstamos hipotecarios.
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS)1:
Plazos
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Porcentaje
| |
Dos años . .
|
0,214
|
Tres años . . .
|
0,263
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Cuatro años .
|
0,332
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Cinco años . . .
|
0,420
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Siete años . . .
|
0,643
|
Diez años . . .
|
1,004
|
Quince años . .
|
1,410
|
Veinte años . .
|
1,614
|
Treinta años . .
|
1,745
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B) Tipo necesario para el cálculo del diferencial que se ha de aplicar para la obtención del valor de mercado de los préstamos o créditos que se cancelan anticipadamente.
Porcentaje
| |
Permuta de Intereses/Interest Rate Swap (IRS) al plazo de un año1
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0,083
|
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1 La definición y forma de cálculo de estos índices se recoge en la Circular del Banco de España 5/2012, de 27 de junio («BOE» de 6 de julio).
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