AYUNTAMIENTO DE BENICASIM/BENICÀSSIM BASES PARA LA SELECCION DE UN/A ORDENANZA DE BIBLIOTECA, FUNCIONARIO/A INTERINO/A Y CONSTITUCIÓN DE BOLSA DE TRABAJO.
Bases para la selección de un/a Ordenanza de Biblioteca, Funcionario/a interino/a y constitución de bolsa de trabajo [BOP-CASTELLO del 10 de juny de 2014.]
Por Decreto de la Alcaldía nº 1372 de fecha 5 de junio de 2014, se ha acordado aprobar las siguientes:
"BASES QUE HAN DE REGIR EL CONCURSO-OPOSICIÓN PARA EL NOMBRAMIENTO INTERINO DE UN/A ORDENANZA DE BIBLIOTECA Y LA CREACIÓN DE UNA BOLSA DE TRABAJO TEMPORAL.
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria. Es objeto de la presente convocatoria la selección para el nombramiento interino con carácter temporal, al amparo del art. 10 de la Ley 7/2007 de 12 de abril del Estatuto Básico del Empleado Público, de un puesto de Ordenanza de Biblioteca, correspondiente al Grupo Agrupaciones Profesionales, Escala de Administración Especial; Subescala: Servicios Especiales; Clase: Cometidos Especiales, por el sistema de concurso-oposición.
Se constituirá una Bolsa de Trabajo temporal de Ordenanzas de Biblioteca, con los/as aspirantes que hayan superado todas las pruebas integrantes de la oposición, con objeto de efectuar los nombramientos interinos que sean necesarios y, en todo caso, en supuestos excepcionales y para cubrir necesidades urgentes e inaplazables y restringidos a los sectores, funciones y categorías profesionales que se consideran prioritarios o que afectan al funcionamiento de los servicios públicos esenciales.
Las personas seleccionadas tendrán una jornada laboral de 37,5 horas semanales, con disponibilidad para cualquier día y hora de la semana, incluidos sábados, domingos y festivos, con los descansos que establece la ley.
SEGUNDA.
-Requisitos de los/as aspirantes.- Para participar en esta convocatoria, los/as aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos referidos al día en que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Poseer la nacionalidad española y en el supuesto de nacionales de otros Estados, estar incluidos en los supuestos regulados por el art. 57 de Ley 7/2007 de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Estar en posesión del título de certificado escolar o equivalente, o tener cumplidas las condiciones para la obtención del mismo en la fecha de finalización de presentación de instancias. La homologación y/o equivalencia de cualquier título deberá aportarla la persona interesada, debidamente acreditada por la autoridad académica competente.
d) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
e) No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
f) En el caso de los nacionales de otros Estados mencionados en el párrafo a), no hallarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
TERCERA.-Presentación de instancias: forma, plazo y lugar. Las solicitudes se presentarán conforme al modelo oficial de solicitud del Ayuntamiento de Benicasim que se acompaña como Anexo I a estas bases y que estará a disposición del/a aspirante en el Servicio de Información Ciudadana (SIC) del Ayuntamiento de Benicasim y en la web. municipal (www.benicassim.es ), apartado Empleo Público.
Las instancias deberán recoger la manifestación del aspirante de que reúne todos y cada uno de los requisitos que se exigen en la base 2ª de la convocatoria, y se dirigirán a la Sra. Alcaldesa-Presidenta de la Corporación, presentándose en el Registro General de Entrada del Ayuntamiento, en horario de oficina de lunes a viernes de 8 a 17 horas y los sábados que será de 9 a 13 horas, durante diez días naturales a contar del día siguiente de la publicación de la convocatoria de estas bases en el B.O.P. de Castellón. {del 11 al 20 de junio de 2014, a.i.}
A la instancia, según el modelo oficial, se acompañará justificante de haber ingresado los derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de las bonificaciones en la forma que se regula en la base siguiente.
Solo se admitirán las instancias que se registren en el Registro General de Entrada de este Ayuntamiento en el plazo de 10 días naturales a contar del día siguiente de la publicación de la convocatoria de estas bases en el B.O.P. de Castellón. www.benicassim.org
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Este espacio es para dejar tu opinión, y para que tod@s podais colaborar en las mejoras de este servicio de la Agrupación Socialista de Xàbia